Me surgio una duda con respecto a la tasa de justicia. Muere un conyuge, heredan un bien inmueble el superstite y sus hijos.
La base para cuantificar la tasa (en Cap Fed) sera el 50% de la valuacion del año en curso, por tratarse de un bien ganancial, y se debera tributar el 1,5% de ese valor. O, aparte de esto, se paga el 0,75 sobre el otro 50%? Gracias.
La base para cuantificar la tasa (en Cap Fed) sera el 50% de la valuacion del año en curso, por tratarse de un bien ganancial, y se debera tributar el 1,5% de ese valor. O, aparte de esto, se paga el 0,75 sobre el otro 50%? Gracias.