tengo una dudilla
el art. 3 dice esto en su ultimo reglon
Los años declarados podrán computarse como años de servicios, no de aportes.
significa que si la ley me exige 30 años de servicios con aportes
y suponete que llego a los 30 años condonando 7 años si ceso en el 93
en realidad tendria 30 años de servicios y 23 años de aportes?
si es asi de que me sirve???
el art. 3 dice esto en su ultimo reglon
Los años declarados podrán computarse como años de servicios, no de aportes.
significa que si la ley me exige 30 años de servicios con aportes
y suponete que llego a los 30 años condonando 7 años si ceso en el 93
en realidad tendria 30 años de servicios y 23 años de aportes?
si es asi de que me sirve???
