Hola el retroactivo son los haberes devengados desde el inicio de la jubilación o desde la fecha de envío del sicam, si son distintas estas fechas, siempre tienes que hacer el cálculo exacto a la fecha del envío del sicam. ¿cómo sabes cual ess? siempre es la que figura enel formulario 558.
Desde que Inicias la jubilación hasta que cobrás tíenes derecho a cobrar todos esos meses. El envío del plan marca la fecha de consolidación , que en general es el primer día del mes en el cual se envía. (aunque si lo envías a fin de mes, te cuentan exacto desde el día en el cual lo enviaste, y no hay forma de protestar)
Si una persona fallece, su cónyuge supérstite puede solicitar la pensión cuando quiera, pero, transcurrido el año sin solicitarlo solamente va a devengar haberes desde un año hacia atrás de la fecha en la cual solicite la pensión.
o sea el retro corresponde desde la fecha de fallecimiento, pero si no lo pide, cobra de un año hacia atrás.
Celia