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  • rescision del contrato de alquiler 2

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 #308426  por juslibra
 
hola foristas. Espero que alguien me pueda contestar esta pregunta :

cuando el locatario rescinde el contrato y debe pagar la indemnizacion, se puede tomar como parte de pago el mes de depósito que realizo al comienzo del contrato ?, siempre y cuando que ese deposito no fuera utilizado para refacciones de la vivienda.

saludos ! :P
 #308435  por mtiri
 
En realidad es una cuestion practica. Si el deposito no va a ser afectado a reparaciones, el locador en vez de devolverle el dinero al locatario, para que éste inmediatamente despues se lo devuelva en concepto de indemnización, se suele dejar el deposito y listo. En definitiva, si no hay que afectar el deposito para otros pagos, si lo podes dejar en concepto de indemnizacion. Tene la precaucion de dejar todo por escrito o en su caso romper los contratos.
saludos
 #308681  por pablin
 
Si bien es cierto lo de evitar "ida y vuelta" del dinero del depósito, la realidad es que el depósito se suele retener hasta 60 días de vencido/rescindido el contrato, pues pueden llegar boletas de impuestos o servicios que, al momento del vencimiento/rescición, todavía no se conocen sus importes y, justamente con el depósito es que el locador se cubre.

Salu2, Pablín.