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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #308073  por IURIS
 
hola colegas: gracias por cada una de sus respuestas a mis inquietudes.-
Llego una clienta, que tramito el beneficio de DERECHOHABIENTES, por ser hija de un jubilado fallecido. Cuando el padre vivia, el cobraba la asignacion por hijo discapacitado, y nunca tubo problemas. He aqui que la comision medica solo le doy 55 % DE INCAPACIDAD. dudas:
ALGUIEN TIENE ALGUN MODELO DE COMO APELAR ANTE COMISION MEDICA
SE PUEDE IR POR PROPIO DERECHO, O TIENE Q SER PATROCINADA
QUIEN EVALUA LA APELACION
PUEDO INCLUIR NUEVOS CERTIFICADOS MEDICOS, DRES. Q NO FUERON INCLUIDOS EN EL EXPTE.
SALUDOS.-
 #308119  por mlanezan
 
hola iuris, si mal no entiendo la hija discapacitada quiere pensionarse en virtud del beneficio principal de su papa jubilado es asi?. entonces alegrate porque si a ella, la comision le dio el 55 % esta barbaro, porque para el hijo discapacitado mayor de 18, solo se requiere el 33 % de discapacidad. eso es de palabra me dijeron en anses. trate de buscar el porcentaje en alguna norma, pero no la encuentro para que te quedes tranquilo/a. no tenes que apelar nada. yo tramite una pension de un sr, que tenia problemas para caminar, y en la cadera, en fin reumaticos, y antes habia trabajado. saludos
 #308177  por IURIS
 
GRACIAS POR RESPONDER. DONDE PUEDO ENCONTRAR INFORMACION PARA ESTAR SEGURO.
SALUDOS.-
mlanezan escribió:hola iuris, si mal no entiendo la hija discapacitada quiere pensionarse en virtud del beneficio principal de su papa jubilado es asi?. entonces alegrate porque si a ella, la comision le dio el 55 % esta barbaro, porque para el hijo discapacitado mayor de 18, solo se requiere el 33 % de discapacidad. eso es de palabra me dijeron en anses. trate de buscar el porcentaje en alguna norma, pero no la encuentro para que te quedes tranquilo/a. no tenes que apelar nada. yo tramite una pension de un sr, que tenia problemas para caminar, y en la cadera, en fin reumaticos, y antes habia trabajado. saludos
 #308285  por pavime
 
Hola, la ley 20475 considera minusválidos a a quellas personas cuya invalidez física o intelectual certificada por autoridad sanitaria oficial, produzca en la cpacidad laborativa una disminución mayor del 33%.
Yo no tengo el texto completo de esta norma pero te sugiero que lo corrobores para saber si es la que corresponde citar.

Espero haber contribuido, al menos una punta,
saludos