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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #305488  por Cristina D.
 
Un sr. uruguayo que ingreso al pais en el 78, se puede jubilar por edad avanzada por la L24476?
Tiene muy pocos aportes aqui, y inscripcion de autonomos desde el mes de su ingreso. A la fecha tiene mas de 70 años.
 #305941  por ISIS
 
Cristina D. escribió:Un sr. uruguayo que ingreso al pais en el 78, se puede jubilar por edad avanzada por la L24476?
Tiene muy pocos aportes aqui, y inscripcion de autonomos desde el mes de su ingreso. A la fecha tiene mas de 70 años.


El goce de la Prestación por Edad Avanzada es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o militar, nacional, provincial o municipal.
No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre que se renuncie a las otras prestaciones.
IMPORTANTE

Previo a iniciar el trámite deberá haber acreditado ante ANSES sus datos personales, y los datos de sus relaciones familiares en la Base de Datos de Personas (ADP), mediante la presentación de la documentación que corresponda en cada caso.




Requisitos que debe reunir


• Haber cumplido 70 (setenta) años de edad, cualquiera fuera su sexo.

• Reunir 10 (diez) años de servicios con aportes ya sea bajo relación de dependencia o como autónomo, o entre ambos regímenes.

De los 10 (diez) años de aportes por lo menos 5 (cinco) deben haber sido trabajados durante los últimos 8 (ocho) años anteriores al cese de la actividad.

• Los trabajadores autónomos deberán acreditar, además, una antigüedad en la afiliación no inferior a los 5 (cinco) años.

• El goce de esta prestación es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o militar nacional, provincial o municipal. No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre y cuando renuncie a las otras prestaciones.
 #306192  por Cristina D.
 
Si eso ya lo se. A lo que yo voy es que el no tiene aportes suficientes para reunir 5 años dentro de los ultimos 8. Se puede pagar 5 años como SDM para reunirlos?
Y con respecto de que debe tener un total de 10 años : se puede adherir a la moratoria para completar los 5 restantes?
 #306606  por ISIS
 
Si se podrian completar los 5 que no son los que tienen que estar dentro de los 8 con moratoria.
En cuanto a comprar los 5 necesarios dentro de los 8 por SDM...no tengo experiencia en el tema...averigua bien ya que comparar 5 años es bastante dinero si se la rechazan...