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  • LA CIRCULAR 53/08 NO SE RINDE

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #304817  por fito657
 
Lamentablemente en algunas Udai piden para los "independientes" del regimen simplificado de la 25239 (form 102) los recibos con todos los datos y firma del dador de trabajo. Ahora bien, si la 57 (y el anexo I ) dice que no son "dependientes" los de 16 horas cuando no son 4 días 4 veces por semana, o mas de un dador, porque datos y firma del dador en los recibos (parte de abajo del 102), además los recibos no son para las partes? en el anexo se entiende que figure el dador porque a partir de ahí se puede saber si rige el 326/56 o no. pero si es independiente no corresponde. Se ve que el espiritu maligno y antijurídico de la 53 encarnó en personas de algunas udai.
Otra cosa que desconcierta es que a veces se regala a personas sin derecho (primera cuota de moratorias por ejemplo) y por otra a personas con derecho le hacen la vida imposible con tecnicismos sin darse cuenta que son personas de edad avanzada.
 #304839  por SIL_27
 
hola: yo inicio en longchamps, vengo iniciando con f. 102 y 575 y salen aprobadas al poco tiempo.
Ayer ingrese otra igual, hoy me fijo en seguimiento de expedientes y me figura "a espera de marco legal que lo comprenda" WHAT??????
Sera que vinieron los problemas otra vez, ojala ojala ojala que no!!!!!!
 #304941  por fito657
 
Hola sil, tenenos al tanto que pasa con esa Jubi, (estado 18). Pienso que están en estado deliverativo (los jerarcas de ansés). Ya no se sabe si, inclusive a los que se van a jubilar dentro de 10 años, les conviene seguir aportando como servicio domestico ya que anses te aplica las normas con caracter retroactivo, mañana viene un iluminado y te tiran a la basura años de aportes.
 #304960  por LorenaM2008
 
fito657 escribió:Hola sil, tenenos al tanto que pasa con esa Jubi, (estado 18). Pienso que están en estado deliverativo (los jerarcas de ansés). Ya no se sabe si, inclusive a los que se van a jubilar dentro de 10 años, les conviene seguir aportando como servicio domestico ya que anses te aplica las normas con caracter retroactivo, mañana viene un iluminado y te tiran a la basura años de aportes.

Hola Foristas. Soy nueva en el sitio, y soy nueva en el tema de la tramitación de jubilaciones.
Las que estoy en fase de elaboración las voy a iniciar con f.102 por $20 y f.575 por $23, está habiendo inconvenientes para iniciarlas así ahora? también eso?
Y...yo me pregunto: qué pasaría entonces con los formularios que ya hicimos pagar a las clientes? cómo lo subsanamos si no tenemos un dador de trabajo real?, yo los complete como "razón social no registrada" por ejemplo.
Uf
 #305057  por celiaEsc
 
Por la lectura de este post, llamé a la AFIP, y pregunté si era posible aportar como trabajador independiente con el formulario 102 y me han dicho que NO, que mejor la jubile como ama de casa, y que no aporte con el f 102 porque no está hecho para realizar aportes voluntarios de personas independientes.. sino para que el dador de trabajo le pueda ofrecer un recibo de sueldo al trabajador, y a la vez guardarse la constancia de haber pagado firmada por el trabajador.
Yo le expliqué que lo había sacado de una página de afip, y que así le hice pagar a mi tía, pero me dijo que los aportes que le hice pagar así y sin poner debajo al dador de trabajo, no sirven.
Le expliqué, que ella no tiene dador de trabajo dado que trabajó en distintas casas por ej. 3 horas en cada casa. entre 6 y menos de 12 horas por semana, y me dijo que ponga alguno de los dadores que le dio trabajo en su oportunidad, porque si no pongo dador, lo aportado no sirve.
Yo se que hay que iniciar con los formularios 102 y 575 en el caso de 6 horas, haciendo una carta en la cual se explica la situación, es más, yo pregunté la semana pasada a la AFIP, si era cierto que se podían hacer pagos extemporáneos con SDM, para una persona independiente por haber trabajado 11 horas semanales y con distintos patrones y me han dicho SI, CON FORMULARIOS 102 Y 575, en una semana me cambiaron el argumento.. Y NOSOTROS PAGAMOS LA SEMANA PASADA.
AHORA: como la situación es real, le pongo un empleador, pero ya pagó $20 y 23 y cuando completo el ANEXO II de la circular 57, declaración jurada de los trabajos realizados y le pongo JUANITA PEREZ trabajó 7 horas semanales y otro dador JORGE LOPEZ, trabajó 6 horas semanales, deja de ser SDM. o al menos el dador de trabajo deja de ser relevante, en cuanto a obligaciones de su parte respecto de la trabajadora, acompaño con la nota explicando esta situación.
1) Si no aceptan esta situación, entonces,¿ para qué permiten el pago extemporáneo de $20 y $ 23 ? Porque se supone que alguien pagó, para poder jubilarse..
2) Le pido al autor del post, que por favor especifique si le han rechazado el inicio por este motivo. ¿ o tuvo que agregar el dador de trabajo y se la aceptaron?
Gracias desde ya.
 #305073  por fabidoc
 
Yo hasta ahora no sufrí inconvenientes, me aplicaron la res. 57/08 y sino lucharía porque se cumpla. Otra cosa, en AFIP no manejan para nada el tema previsional ni saben nada de jubilaciones. Solo manejan la parte formal fiscal-impositiva. Por ello es que mejor ni consultar en la AFIP, porque te explican desde otra perspectiva. El ANSES se maneja con sus propias reglas, de hecho, se sale de las normas de la AFIP y no es ente recaudador de la AFIP, por ej., no cobra los intereses por pago de aportes fuera de término.
 #305109  por fito657
 
A mi me paso con una de 55 pero que en el anexo I puse 2 días de 8 horas, en este caso de acuerdo a la cir 57/08 no es "dependiente" . me pidieron que en el form 102 llenara totalmente la parte de recibos cuando no corresponde, lo dice el mismo anexo I que no se considera dependientes a menos que sea 4 horas 4 dias por semana. Lo mismo le paso a foristas de rosario y de cordoba , mas arriba a Sil_27 en longchamps una de 20 mas 23 está " a la espera de un nuevo marco legal que la comprenda" (cod 18 creo). En cuanto a lo que dice fabidoc, es muy cierto, en afip no tienen idea del tema anses y jubilaciones, a no ser los abogados previsionalistas que están en Irigoyen 370 (plaza de mayo) que fueron los que me indujeron a aportar con el form 102 en su momento.
 #305205  por crisrei
 
gente...ayer inicié una sin sdm y le pregunté a la iniciadora por las de sdm ya que tengo algunas prontas a presentar...y me dijo q no hay que completar nada en la parte de dador y tampoco anexo ya que son INDEPENDIENTES... al menos es el criterio de UDAI Posadas, Mnes..
 #306245  por SIL_27
 
hola, les queria comentar, hoy fui a anses Longchamps y consulte por este expte. que me figura a espera de normativa, me dijeron que es porque algun pago nose acredito y como no hay opcion para eso poner esa leyenda.
Es logico, porque un f. 102 lo pago el dia anterior al turno.
Asi que aparentemente sigue todo igual.
Besos a todos!!! y buen finde
 #306277  por Aimael
 
jjajajaja q desparramo q se armo Sil jajajjaja, bueno mejor asi, ya nos estabamos comiendo las uñas nuevamente! pero bue mejor q todo siga tranquilo!