si podes hacer eso, inclusive yo lo hice, el problema es que tenes que ir despues al mes siguiete del alta para levantar la suspension con el comprobante de baja y solo te pagan el mes en curso, al mes siguiente no cobra, y al otro mes empieza a cobrar normalmente, el retroactivo te lo liquidan para los 90 dias, por lo menos aca en cordoba me hicieron asi con 2 jubilaciones con pension.