Una cliente esta a punto de que le inicie un daños y perjuicios importante... tiene un buen patrimonio y el tema es dejarla al resguardo, que me aconsejan.. si consitutyo bien de familia antes del embargo pero en fecha posterior a la causa del credito no tiene sentido creo?, tampoco la donacion a sus hijos?, en caso de venta a terceros es todo un problema por la confianza.. alguna opinion que me ayude a resolver el tema...