Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • AYUDA PARA CELEBRAR ACUERDO

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #300978  por Leo99
 
Estimados Foristas:

Les comento que soy nuevo en el Foro y quisiera en lo posible me dieran una mano para sacarme algunas dudas.

Hace poco que ejerzo la profesión en la Pcia. de Bs As. Y los otros días me vino a ver una cliente que tiene en contra suya un juicio ejecutivo por un pagáre.

El asunto es que nunca se presentó al expediente y la actora procedió a embargarle los haberes y solicitar también la inhibición general de bienes ante el Registro de la Propiedad Inmueble y ante el Registro de la Propiedad Automotor.

Ahora, luego de unos años de iniciado el juicio (comenzó en 2004) me viene a ver a mi porque desea arreglar el juicio y que le levanten las medidas cautelares.

Por lo que veo no se puede hacer demasiado. Se practicó liquidación y esta firme y consentida. No le queda otra que pagar. Solamente tironear el precio por pago contado y demás.

Mi pregunta es: Llegado el momento de ponernos de acuerdo sobre el importe para cancelar todo lo reclamado y la forma de pago. Es suficiente sin que yo me presente al expte. (para evitar mas gastos a mi cliente) Concurrir al estudio del letrado apoderado de la contraparte y efectuar el pago o los pagos pertinentes si es en cuotas. Entregándome luego el letrado recibo de pago por lo que se vaya pagando parcialmente si es en cuotas y luego carta de pago total una vez cancelada toda la deuda? Son validos estos recibos para oponer la cancelación de la deuda? Dado que la oportunidad para oponer excepciones ya pasó.

O debemos efectuar un convenio de pago y luego presentarlo al juzgado interviniente para que se efectue la homologación del mismo de acuerdo a lo que prescribe el Art. 308 del CPCCBA? Como debería proceder?

Gracias colegas y les agradecería su ayuda.
 #301707  por Ros
 
mira tenes dos posibilidades, que hagan un acuerdo entre la actora y tu cliente, y que lo presenten en el expediente, sin aparecer vos, entendes? yo lo hice con un cliente mio y la actora era el bco. Pcia. en el mismo escrito solicita que se ordene el levantamiento de las medidas, y en eso tendreas que andar vos detras para que hagan los oficios.
Sino podes presentarte vos en el acuerdo y solicita que se te regulen el minimo de los honorarios, y que tu cliente te pague solo bono, ius, y los aportes, nada mas.- y en este caso podes hacer los oficios de levantamiento vos, y diligenciarlos.- Un saludo Ros
 #301717  por Ros
 
mira si no quieren arreglar, amenazalos con pedir el concurso preventivo, y el pagare en este caso es incausado, y para verificar el credito en el concurso deben demostrar la causa de la obligacion, o sea acompañar un mutuo o facturas que avalen la deuda entendes? y si no lo pueden hacer el pagare no tiene ningun valor. Es solo a los efectos de que te arreglen el juicio nada mas.- Atte. Ros
 #302011  por corbella
 
Colega: puede realizar un acuerdo, empero entiendo que el mismo debe estar refrendado por Ud. como letrado. Máxime considerando que debe, como profesional, propugnar el levantamiento de las cautelares que pesan sobre su cliente y no dejarla ese trámite en manos de los letrados del acreedor. Igual la regulación nop va a ser significativa atento es una sóla intervención y en la etapa de ejecución. Ahora bien respecto del concurso, no coincido en lo más mínimo. Los abogados debemos respetar y hacer respetar ley. Y la falecial no es una ley coercitiva, sino que debe ser utlizada para otros fines. Amen de que imagínense si no quiere presentarse la colega por los costos, menos aún afrontará los de un concurso. Seamos sensatos. atte
 #302067  por Ros
 
Tenes razon Corbella, pero si la otra parte no quiere llegar a un acuerdo, que podes hacer? de alguna manera hay que convencerlo, sino te quedas con todo embargado con posibilidad de una subasta, o tenes que pagar todo al contado. Que es peor? con simplemente decir que lo llevaras a concurso.
Te aclaro:
La idea no es presentarlo en concurso asique no hay ningun gasto, y la actora no conoce la situacion del deudor.-Saludos Cordiales . Ros
 #306337  por corbella
 
Ros:
Yo creo que hay maneras de solucionar alternativamente un conflicto, sin llegar a vertir amenazas inútiles que EN EL 2009 ya no convencen a nadie. A parte si no lo vas a hacer y no quiere arreglar me parece que te quedaste sin resto y con 0 credibilidad. Cual va ser tu proxima amenaza???. Vos como letrada que vas a argumentar, que te equivocaste????. Creo que debemos ser creativos en la búsqueda de alternativas para lograr acuerdos. Ello redundará de seguro en un beneficio para todos.Atte