Tengo una duda respecto a los casos de accidentes de transito que se someten a mediacion en el marco de la cap. fed.
Cuando se produce un siniestro de cierta gravedad e interviene inmediatamente de oficio la policia, no es posible obtener el intercambio de datos (nombre, dominio, cia de seguro, poliza, etc.) para ninuguna de las partes involucradas. Los mismos deberan obtenerse en la causa penal.
Aqui viene mi inquietud: quien quiera iniciar un reclamo debera tener acceso a esta causa penal, sino no podra obtener ningun dato. Para tomar conocimiento de la causa hay que presentar un escrito, esperar que lo provean, ver si esta en el Juzgado o en la Fiscalia y demas, de manera que siempre demora por lo menos un mes.
Ahora, como es posible que en algunos casos se cite a mediacion a la semana del hecho? Como se obtienen todos los datos de la otra parte tan rapidamente? Si o si sera por algun contacto en la comisaria interviniente, o como?
Gracias.
Cuando se produce un siniestro de cierta gravedad e interviene inmediatamente de oficio la policia, no es posible obtener el intercambio de datos (nombre, dominio, cia de seguro, poliza, etc.) para ninuguna de las partes involucradas. Los mismos deberan obtenerse en la causa penal.
Aqui viene mi inquietud: quien quiera iniciar un reclamo debera tener acceso a esta causa penal, sino no podra obtener ningun dato. Para tomar conocimiento de la causa hay que presentar un escrito, esperar que lo provean, ver si esta en el Juzgado o en la Fiscalia y demas, de manera que siempre demora por lo menos un mes.
Ahora, como es posible que en algunos casos se cite a mediacion a la semana del hecho? Como se obtienen todos los datos de la otra parte tan rapidamente? Si o si sera por algun contacto en la comisaria interviniente, o como?
Gracias.