Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Art 3 24476 duda rapida

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #298074  por mendefed
 
Hola amigos, haber si me puede ayudar con esto

Tengo una Sra que en la afip tiene deuda en el periodo 07/2004 a 02/2007 donde le dieron la baja de oficio.
En la situación de revista que arme, le inclui aportes hasta el año 1994, y le renuncie por el art 1de la 25.321 los años 1995/1996 y del 07/2004 al 02/2007 porque tenia deuda, ahora la pregunta es la siguiente:

Puedo usar el beneficio del art. 3 como si el cese se dio en el año 1994??? o al aparecer la deuda hasta el 2.007, el sistema considera que el cese es en ese año??

Muchas gracias!
 #298097  por mendefed
 
Muchas Gracias!!! La verdad que me salvaste.
Si el ultimo pago lo registre en el 94, me puedo tomar 7 años de beneficios, no?
Los periodos mas caros son 06-1977 a 09-1980 y 04-1980 al 09/1991??

Muchas, muchas gracias!!!
 #298116  por EDUARDO SUAREZ
 
Sí podés tomar los 7 años
01-1955 al 05- 1977 barato
06-1977 al 06- 1980 caro
07-1980 al 03- 1984 barato
04-1984 al 09 -1991 caro

Suerte