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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #298019  por zulemita
 
Hola a todos y feliz año!!!!!!!!!! :lol:
Tengo un problema si Dal está por allí o los que saben TODO y me solucionana los problemas cuando tengo dudas.
Mi tema: Jubilado separado hace añooooooooos, muchos, le embargan haber previsional por alimentos a la esposa, ella muere hace ocho meses , y todavía le descuentan la cuota por alimentos a mi cliente. Como hace muchos años que se divorció, no recuerda en que juzgado de La Rioja tramitaron el divorcio por ende tampoco puedo saber que cámara dictó la medida, Que hagoooooooooo! puedo solicitar al Juzgado federal (competente por ser la anses la que retiene) oficio a los fines de que ordene cese del descuento por fallecimiento de la embargante? Obvio no hay menores.
Gracias chicos!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #298377  por inesla
 
hola, primero x qué no intentas asentar la defunción en ADP, (por las dudas que se haya "pasado" de asentarla), luego con un escrito en UCA (Paseo Colón 239, creo) y ves si lo solucionás de esa forma. Conseguí, si o sí la pda. de defunción, para amparar el pedido. sds
 #298505  por zulemita
 
inesla escribió:hola, primero x qué no intentas asentar la defunción en ADP, (por las dudas que se haya "pasado" de asentarla), luego con un escrito en UCA (Paseo Colón 239, creo) y ves si lo solucionás de esa forma. Conseguí, si o sí la pda. de defunción, para amparar el pedido. sds
INESLA:
Gracis, pero yo estoy en La Rioja y cuando fui a la UDAI, me dijero que solo es mediante oficio judicial que dejan de descontar, como no sabe mi cliente donde se tramitò el embargo yo no puedo solicitar a la misma càmara que ordenò ls medida que la deje sin efecto. Por eso creo que serìa mas factible que le pida al juez federal que ordene no descontar màs. No me queda otra.Gracias por tu respuesta amiga.
 #298591  por empedocles
 
En qué UDAI le hicieron el embargo????? allí recibieron el oficio.- Podés buscar ese dato en el ANME con código de trámite 463, creo, y vas a saber qué Juzgado intervino.- SIN OFICIO no pueden para el descuento; es el Poder Judicial que ordena el comienzo del embargo con el depósito en la cuenta que indica, y también la cesación del mismo.- La ANSES por sí, por más que acredite la defunción, no está facultada para intervenir.-
 #298668  por zulemita
 
Si lo sé empedocles, pero justamente lo que me dices es lo qeu haré el ANSES debe tener el oficio del Juzgado que ordenò el embargo, tenès razon, GRACIAS A TODOS, MIL GRACIAASSSS,
ya me estoy yendo a la ANSES,
BESOSSSSS :D