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  • HABILITACION DE LOCAL COMERCIAL

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 #297449  por elizabeth74
 
buenos dias a todos, necesito de la ayuda de ustedes por favor. necesito saber cual es el tramite a seguir para la habilitacion de un bar-pizzeria en la zona de flores. el negocio es de una amiga, compro el fondo de comercio hace un año y aun le paga honorarios al corredor de comercio y este lews cobro como 8000$ de honorarios mas gastos por habilitacion del local, pero resulta que nunca lo habilito. ante mi pregunta su respuesta fue que debo pasar a buscar la habilitacion por una escribania, creo yo que la escribania es para la transferencia del fondo de comercio pero de ningun modo para la habilitacion.
por favor a todos, ayudenme a ayudar. ya que me repugna las personas que se aprovechan de la ignorancia de los demas. en caso de comprobar que el martillero cobro por trabajos que nunca realizo encuadraria en el delito penal de estafa, ustedes que piensan?
desde ya muchas gracias y necesito su respuesta lo antes posible por favor
atte
liza
 #297602  por ramblernauta
 
Para habilitar un comercio es necesario hacer una escritura de habilitación. En la Dirección General de Habilitaciones y Permisos sita en Av. Patricios esq. Lamadrid te brinda toda la información necesaria para habilitar un comercio.
 #298379  por Bridget
 
¿En qué consiste, para qué y cuándo realizarlo?
Es el trámite necesario para solicitar la habilitación de un comercio, industria, depósito o servicio en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Dónde y en qué horario se realiza?
La presentación de la documentación y el seguimiento del trámite, se realiza ante la mesa de entradas de la Dirección Técnica, Administrativa y Legal, dependiente de la Dirección General de Habiitaciones y Permisos ubicada en Av. Regimiento Patricios 1142.

El horario de atención al público es:
Para consultas e inicio de trámites: 9.30 a 13.30 hs.
Para entrega de documentación habilitante: 9.30 a 14.30 hs.



¿Quién puede efectuarlo?La gestión de la presentación y el seguimiento del trámite puede ser efectuada por el interesado en forma directa y personal o mediante la intervención de cualquiera de los profesionales intervinientes y/o autorizados por el requiriente en el testimonio de escritura a través de internet.



¿Qué se necesita para realizarlo?-Intervención de profesionales técnicos
El profesional (arquitecto, ingeniero, maestro mayor de obras o agrimensor) es el responsable de inspeccionar personalmente el local, a los fines de verificar que el mismo reuna la totalidad de los requisitos urbanísticos y constructivos exigidos en la normativa vigente. Posteriormente deberá confeccionar la documentación técnica necesaria, que tendrá carácter de declaración jurada, la cual, una vez suscripta por el interesado, sera rubricada por el Consejo Profesional respectivo.

Dicha documentación, según los requerimientos de cada tipo de trámite a gestionar, será:


Solicitud de habilitación
Certificado de Uso Conforme
Declaración Jurada de Conformación del Local
Certificado de sobrecarga (de corresponder)
Planos del local (de corresponder)
Planos o Certificado final de condiciones contra incendio y de ventilación o instalación mecánica (de corresponder)
Certificado de Aptitud Ambiental (Ley 123, Ley 452 y Decretos Reglamentarios)
- Intervención notarial
Confeccionada la documentación técnica el interesado deberá recurrir a un Escribano Público de registro de la Ciudad de Buenos Aires, quien certificará el cumplimiento de los requisitos documentales e impositivos correspondientes. Luego elevará a escritura pública la solicitud de habilitación verificando en dicho acto la inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos dle solicitante, inscripción ante la AFIP, el instrumento que otorgue el derecho a ocupar legítimamente el local (contrato de locación, título de propiedad, etc.) y demás recaudos legales establecidos en la actual reglamentación de habilitaciones (Decreto Nro. 93/SSEGU/2006)

Con el testimonio que expida el escribano y el resto de la documentación técnica, el interesado se encuentra en condiciones de formalizar la presentación del trámite ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Documentación a presentar


Escritura Pública (primera copia y su fotocopia certificada)
Documentación Técnica
Debe tenerse en cuenta que según el tipo de habilitación que se solicite, puede necesitarse el cumplimiento de recaudos o requisitos adicionales, lo que eventualmente podría generar nuevas instancias de tramitación (ej.: solicitudes de Habilitación con inspección previa a su otorgamiento, solicitud de informes a otros organismos públicos de Gobierno de la Ciudad).


La toma de conocimiento del resultado del trámite (otorgamiento,rechazo u observaciones de la habilitación peticionada) debe realizarlo en forma directa y personal el interesado o los apoderados que el mismo designe. Asimismo, la falta de notificación o el incumplimiento de las observaciones realizadas en tiempo y forma dará lugar a las comunicaciones e intimaciones a efectos que se regularice el trámite, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieren corresponder.

- Final del trámite
Otorgada la habilitación el interesado deberá presentarse a retirar la documentación habilitante en cuyo caso deberá:


Abonar el timbrado correspondiente por el retiro de las planchetas de habilitación ($20).
Poveer un libro de actas rayado, en tamaño oficio, de 200 fojas, el que será rubricado y entregado al interesado conjuntamente con el certificado y las planchetas de habilitación.
Se recuerda que en el caso de las Habilitaciones Automáticas (con o sin pago) con posterioridad al otorgamiento de la habilitación, el profesional designado por el Gobierno de la Ciudad inspeccionará el local o estabablecimiento a fin de controlar que las características declaradas en el trámite de solicitud de habilitación son las efectivamente existentes en el local.