Hola a todos. Tengo una duda sobre el tracto abreviado.
El tema es asi, se inició hace tiempo una sucesión, se adjunto dominio, inhibición, se presentó DJ y se pago tasa de los dos bienes que componen el acervo, pero se inscribió uno sólo de ellos. Ahora los herederos quieren vender el único bien restante y lo lógico claro esta es que lo hagan por tracto abreviado, ahora, mis dudas son ¿hay que volver a presentar todos los informes actualizados, una nueva DJ y pagar tasa de nuevo? Yo entiendo que no pero me gustaría que me lo confirmen. ¿Que deberia presentar un escrito solicitando se autorice la inscripción por tracto abreviado por el escribano XX y listo?
Gracias
Iris
El tema es asi, se inició hace tiempo una sucesión, se adjunto dominio, inhibición, se presentó DJ y se pago tasa de los dos bienes que componen el acervo, pero se inscribió uno sólo de ellos. Ahora los herederos quieren vender el único bien restante y lo lógico claro esta es que lo hagan por tracto abreviado, ahora, mis dudas son ¿hay que volver a presentar todos los informes actualizados, una nueva DJ y pagar tasa de nuevo? Yo entiendo que no pero me gustaría que me lo confirmen. ¿Que deberia presentar un escrito solicitando se autorice la inscripción por tracto abreviado por el escribano XX y listo?
Gracias
Iris