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  • art. 3 de la ley 24.476

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #287696  por mbsmjj
 
alguien me explica eso
cuando dicen que aplican el art.3, que significa?
ya que dice esto

ARTICULO 3º - Los trabajadores autónomos que sus ingresos mensuales no superen los tres (3) AMPOS, y su patrimonio neto total sea menor a cincuenta mil pesos, están alcanzados por las disposiciones del presente capítulo en la fecha, forma y condiciones que establezca la D.G.I.

y no entiendo cuanto tiempo le agregan con este articulo

saludos y gracias
 #287711  por Alejandra Radua
 
Se tiene en cuenta el año de cese en la actividad para saber cuentos años de DDJJ se pueden tomar.

Año de cese o presentación Declaración jurada anterior a 1969 Año de cese o presentación Declaración jurada anterior a 1969
1994/95 7 años 2002/03 3 años
1996/97 6 años 2004/05 2 años
1998/99 5 años 2006/07 1 años
2000/01 4 años