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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #284054  por claudioegv
 
Buenas tardes señores:

Alguien me podria decir cual es la ley en que se detalle cuales son los requisitos, condiciones y demas elementos para asignar una pension a una concubina. Tengo el caso de mi madre que convivio 35 años con mi padre fallecido; en dicha periodo de convivencia tuvieron 3 hijos reconocidos y estan comprobados legalmente que vivieron juntos ese tiempo y hasta que mi papa cobraba asignaciones familiares por nosotros sus hijos; la cuestion es que el Anses a pesar de tener todo estos papeles presentados por nosotros por su solicitud, nos salen con el cuento de que "parece" que no les corresponde tal pension a una concubina. Yo sé que no es asi porque conozco infinidad de personas que siendo concubinas y cumpliendo los requisitos hoy en dia disfrutan de su pension. Necesitaria la ley en que se encuadra todo esta tematica.
Gracias!!! y espero su respuesta.
 #284066  por empedocles
 
No existe ninguna ley; sólo reglamentación del art. 53 ley 24241.- Es el dec. 1290/94 y un dictamen de la GAJ.- Lo que no se entiende es eso de "nos salen con el cuento de que "parece" que no les corresponde tal pension a una concubina...", no sé qué es eso del cuento y de que parece.- La ANSES no "cuenta" nada: se presume que si hubo un rechazo debió explicitarse el motivo.- Le hicieron el ADP? Lo que debe probar son los dos últimos años anteriores inmediatos al deceso como conviviente previsional, con pruebas documentales y/o instrumentales.- Que el fallecido cobrara las asignaciones por hijos ninguna relación guarda con la relación de pareja; no prueba nada.-
 #284113  por claudioegv
 
Empedocles:
La cuestion es asi, solo que es un poco larga de contar pero lo voy a tratar de resumir para que se de cuenta de qué hablo:

Mi padre fallecio exactamente hace 2 años y medio. Al momento de elaborar la partida de defuncion hubo un error al anotar su estado civil ya que él y mi mama nunca se habian casado solo convivieron 35 años; él antes no estuvo casado ni nada, solo convivio con mi madre. Fruto de esa convivencia nacieron 3 hijos los cuales somos nosotros. Al iniciar los tramites en el ANSES para la pension (hace ya 2 años y medio) salio ese error en la partida de defuncion sobre el estado civil de mi viejo, por lo tanto se tuvo que hacer un proceso legal bastante largo para determinar la veracidad de que mis viejos nunca se casaron y solo convivieron, ya sabras: pruebas, testigos, documentos...etc. Hace 3 meses dicho proceso concluyo favorablemente con la firma de un juez competente y demas. A partir de entonces TODO el papelerio que solicitaba el ANSES una vez que se rectifico la partida de defuncion con los datos correspondientes (de que mi papa no era casado con mi mama) se presentaron en dicho organismo. Al recibirlos la gente del ANSES nos dijeron simplemente que estaba todo bien y que dentro de 1 mes regresaramos para saber la fecha de cobro, pero fue muy grande la sorpresa cuando fuimos con mi madre y nos dijeron lisa y llanamente que: "su proceso esta en dpto legales porque no sabemos si le corresponde a ud.(mi mama) la pension por ser concubina". Pero nos habian avisado que eso es un verso, porque el dinero que se le debe liquidar a mi vieja es mucho debido a que hace mas de 2 años que no cobra el beneficio. Esa es toda la razon por la que comence a buscar informacion respecto a este tema, pero tengo pensado seguirlo con un abogado ya que es "muy extraño" todo.
Espero que me sepas comprender, se que no es bueno acusar, pero es comun este tipo de desinformacion en el ANSES de tucuman.
Gracias por tu ayuda y espero que comprendas que es un poco incomoda la situacion de mi mama despues de 2 años de esperar un beneficio previsional que legitimamente le corresponde.
 #284200  por MarianaG
 
Mira.No te des manija. Si el expediente esta adentro, en el estado que sea, vas a tener que esperar a que se resuelva. Eso significa que salga ACORDADO O DENEGADO. Si sale Acordado, todos felices. Si sale Denegado te van a enviar un decreto explicando los motivos de la denegatoria y ahi recien te vas a enterar porque fue rechazada. Lo que te pueda decir un empleado cualquiera sin ver el expediente, no tiene ninguna veracidad porque solo con el Expte. en la mano se puede saber lo que esta pasando. Asi que relajate y espera que se resuelva. Recien pasados 90 dias habiles desde el inicio, podras presentar un Pronto despacho. Saludos y felices fiestas
 #400172  por alejandra30
 
necesito una mano!!!!
no soy profesional pero tampoco mi abogada me colabora mucho.
el tema es así tengo 4 años y ocho meses de concubinato demostrado y me denegaron la pensión por la falta de estos cuatro meses.
todo fue presentado en la udai de Victoria, en san Fernando. Uds me pueden decir cuales son las pruebas que puedo presentar para poder tener la pensión? gracias
 #400181  por alejandra30
 
alejandra30 escribió:necesito una mano!!!!
no soy profesional pero tampoco mi abogada me colabora mucho.
el tema es así tengo 4 años y ocho meses de concubinato demostrado y me denegaron la pensión por la falta de estos cuatro meses.
todo fue presentado en la udai de Victoria, en san Fernando. Uds me pueden decir cuales son las pruebas que puedo presentar para poder tener la pensión? gracias
Tambien cabe aclarar que yo comencé cuidando a los dos viejos y desde un principio me quede viviendo en la casa. la sra murió hace mas de 20 meses.
tengo el testimonio y el aval del hijo para esto.
gracias
 #400984  por lgaray
 
alejandra30 escribió:
alejandra30 escribió:necesito una mano!!!!
no soy profesional pero tampoco mi abogada me colabora mucho.
el tema es así tengo 4 años y ocho meses de concubinato demostrado y me denegaron la pensión por la falta de estos cuatro meses.
todo fue presentado en la udai de Victoria, en san Fernando. Uds me pueden decir cuales son las pruebas que puedo presentar para poder tener la pensión? gracias
Tambien cabe aclarar que yo comencé cuidando a los dos viejos y desde un principio me quede viviendo en la casa. la sra murió hace mas de 20 meses.
tengo el testimonio y el aval del hijo para esto.
gracias

A ver si te entendemos:
vos cuidabas a "dos viejos" ¿ un matrimonio ? y la Sra. del viejo se murió hace 20 meses ¿ es así ?
y el viejo, marido de la Sra. ¿ cuando se murio ? después de la vieja ?
Y a todo esto ¿ vos querés que te aprueben un concubinato de 5 años con el viejo ? ¿ y la Sra. del viejo, que a todo esto estaba VIVA, que función cumplía en el terceto ?
Y el hijo ? El aval de qué te dió ? El puede decir lo que quiera, pero si la madre estaba viva ¿ que concubinato quiere avalar ?
O el viejo la echo a la mujer de la casa, culpa de ella y vos te quedaste a vivir con el como concubina ?
:shock:


dos viejos.... :roll:
 #401031  por alejandra30
 
te cuento como es la pension, primero que no soy yo, es una persona conocida. segundo la cuestión es simple acá no es aprovecharse de dos viejos porque nunca estuvo al intención, pero de parte de los dos en su momento en agradecimiento a lo que esta persona hizo por ellos estos últimos 5 años le dieron la idea tanto los viejos como el hijo de que hiciera las presentaciones en un juzgado para que cuando ellos fallecieran pudiera cobrar algo de la pensión. el tema es que nunca hubo asesoramiento de ningún tipo por profesionales. estos dos viejito tenían los dos cáncer terminal y esta persona sin ninguna remuneración a cambio se ocupo de ellos, lo único que recibía era comida y alojamiento.
Para mi no hay nada que hacer ya que por un lado no corresponde y por otro tampoco se cumplen los años requeridos, pero accedí a meterme a averiguar para ver que posibilidades hay. Si me pueden dar una mano bienvenida sea sino quedara todo como esta. Gracias
 #401065  por fabidoc
 
Lo que nadie le dijo a los viejitos es que "3 son multitud"...IGaray, me hiciste reir.-
 #401140  por empedocles
 
Una vez más voy a exponer mi criterio que ya es repetitivo: si tantos los viejos como el hijo estaban taaaaan agradecidos por qué no distrajeron ellos, los tres, de su bolsillo el reconocimiento a esta abnegada señora sino que delegan toda su extensísima generosidad al Estado Nacional...Por qué no le aportaron? tal vez ella misma no haya querido entonces al quedarse sin trabajo y ante una eventual demanda, el hijo se ataja ofreciendo qué? su testimonio? que le pague como corresponde y que ella se jubile como corresponde a todos los que religiosamente aportamos al sistema.-
Es lamentable que la Anses destine recursos a atender este tipo de peticiones mentirosientas y por la sra. cnocida, frustrada beneficiaria, no te hagas problema que ya con esta experiencia va a tomar los recaudos para captar otro "concubino"...por favor...
 #401189  por Amorina
 
Las cosas que hay que leer!!!!!
 #401196  por Amorina
 
Se hubiera avivado antes y se casaba con el viejito y santo remedio. Si el hijo jorobaba, la llamaba a Yiya que le haga unas masitas.
 #401202  por andrea1982
 
alejandra30 escribió:te cuento como es la pension, primero que no soy yo, es una persona conocida. segundo la cuestión es simple acá no es aprovecharse de dos viejos porque nunca estuvo al intención, pero de parte de los dos en su momento en agradecimiento a lo que esta persona hizo por ellos estos últimos 5 años le dieron la idea tanto los viejos como el hijo de que hiciera las presentaciones en un juzgado para que cuando ellos fallecieran pudiera cobrar algo de la pensión. el tema es que nunca hubo asesoramiento de ningún tipo por profesionales. estos dos viejito tenían los dos cáncer terminal y esta persona sin ninguna remuneración a cambio se ocupo de ellos, lo único que recibía era comida y alojamiento.
Para mi no hay nada que hacer ya que por un lado no corresponde y por otro tampoco se cumplen los años requeridos, pero accedí a meterme a averiguar para ver que posibilidades hay. Si me pueden dar una mano bienvenida sea sino quedara todo como esta. Gracias
Alejandra30, antes dijiste que eras voy y que ya tenias una profesional, ahora resulta que es para una conocida.
A mi no me parece viable, para mi no hay concubinato.
Además, la consulta se la tenés que hacer a un profesional en persona...
Por otra parte, si el profesional al que consultaste o consultaron te dijo que no había posibilidades, no fue porque es poco colaborador, sino porque es realista.
Por otra parte, estoy de acuerdo con lo que dijo empedocles... Ella podría hacer los aportes correspondientes, y tener una jubilación, sin necesidad de mentir para obtener un beneficio que en definitiva no le corresponde.

Saludos
 #401232  por lgaray
 
andrea1982 escribió:Y otra cosa, como acreditaste 4 años y 8 meses de concubinato, si la esposa falleció hace 20 meses? :roll:
Era un sultán encubierto.... :lol:

vieron que no soy irónica..? soy chistosa... :lol: :lol: