HOla foristas les cuento un nuevo caso que me planteo una clienta. Resuslta que ella es heredera de una casa, resulta que desde hace varios años está ocupada por personas a la que se las prestó porque no tenian donde vivir por un tiempo, resulta que hasta la fecha no se han ido la señora les ha pedido que desalojen en forma verbal y no ha tenido resultado. Mi pregunta es que clase de juicio inicio, de desalojo por usurpación o de reivindicación. Primero los voy a intimar mediante carta documento. Gracias.
Para la reivindicación tu clienta tiene que ser titular registral. Me parece que es la acción correcta. Por lo que me contás no es usurpación lo de estas personas, no entraron en forma clandestina o por la fuerza.
Ojo yo me refiero a que no configura el delito penal de usurpación que invocarías como causal en la civil. Para mí va la reivindicación, pero averigua con tu clienta si ellos tienen algo escrito porque la reivindicación solo procede por parte de titular registral que ha sido despojado de la posesión. Si por ej ellos tienen un boleto de compra venta tenés que pedir la resolución del contrato porque corres el riesgo de que te rechacen la reivindicación.
Espero te sirva.