Es la primera ves que uso el foro, espero hacerlo bien.Tengo una duda: mi cliente es condómino con su ex- concubina de una propiedad. Ella se fue de la casa y le inicio a mi cliente una exclusion en el fuero de familia argumentando violencia y no tener donde vivir. Tras no poder llegar a un acuerdo y que el pleito se resolviera vendiendo uno a otro, o subdividiendo, la jueza dispuso la exclusion que terminará en marzo. La consulta es la siguiente: Que puedo hacer para que mi cliente pueda volver a su casa( hacia 2 años vivia solo)teniendo en cuenta que la señora tampoco vive en la casa, sino que alquilo a terceros el departamento del fondo. Creo que es una cuestion que no deberia tramitar en familia puesto que el conflicto siempre fue la propiedad. Soy principiante y les agradeceré me den una mano.
Compraventa de la otra parte indivisa o juicio de division de la cosa común, además cito el codigo civil
Artículo 2682.
El condómino no puede enajenar, constituir servidumbres, ni hipotecas con perjuicio del derecho de los copropietarios. El arrendamiento o el alquiler hecho por alguno de ellos es de ningún valor.
O de lo contrario puede solicitar la rendición de cuentas por ese alquiler