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 #281246  por marcos25
 
Es mi primer sucesión asi que pido me ayuden..
El tema es así.. La causante 4 meses antes de fallecer saca un plan de ahorro Volkswagen... 1 mes antes de fallecer le descubren cancer y fallece.
El contrato de suscripción no dice nada ni de enfermedades preexistentes ni fue notificada al momento de sacarlo, estaba con el marido.
Ella 4 años atras tuvo cancer pero la habian curado.
Se supone que la poliza la tiene que sacar la concesionaria.... Ademas, el contrato de suscripción dice que es obligación sacarlo antes de los 30 días....
La pregunta viene aca... Mandan carta documento diciendo que no van a pagar porque tenia enfermedad preexistente, pero al momento de sacar el plan no le dijeron nada y ademas, le cobraban todos los meses religiosamente....
Que se puede hacer....
Gracias... pido me ayuden....
Marcos
 #281439  por marcos25
 
De esto se agarran ellos... pero si bien era una enfermedad preexistente ya habian pasado 4 años... y si es asi... para que te cobran el seguro?

REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD (ENFERMEDADES PREEXISTENTES-RIESGOS NO CUBIERTOS)
Si bien en principio el suscriptor se encontrará cubierto por la póliza desde el efectivo pago de la primera cuota mensual facturada por la
Sociedad Administradora, que incluya en la misma el cargo correspondiente al seguro de vida colectivo, no corresponderá indemnización alguna
con motivo del siniestro ocurrido antes de que se cumpla la citada condición. En tal caso la Sociedad Administradora procederá a reintegrar a
quien corresponda la totalidad de los importes percibidos del suscriptor fallecido. Según lo establecido en el artículo N° 6 de las presentes
Condiciones Particulares, el seguro será nulo y de ningún efecto en el caso que el suscriptor padeciere una enfermedad conocida por el mismo
al momento de su ingreso al Plan de Ahorro del Contratante, tanto por suscripción o por cesión que luego produjera directa o indirectamente la
muerte. A tal fin, se presume conocida por el suscriptor una enfermedad u su agravación cuando este haya sido objeto de control/es y/o
diagnóstico y/o tratamiento en los últimos dos (2) años.
Dicha enfermedad será tenida en cuenta a los fines de la nulidad predicha, cuando resulte desencadenante del proceso de fallecimiento, fuera
base del mismo o tuviera conexión principal con él.
Lo establecido precedentemente se aplicará solamente cuando dicho fallecimiento se produjera dentro de los seis (6) meses posteriores al
comienzo de su cobertura individual según lo establecido en el art. 6 de las presentes Condiciones Particulares de Póliza.-
 #281474  por marcos25
 
Un colega me paso esto http://www.taxifull.com.ar/planesdeahorro2005.htm
Es la Resolución General 26/2004- Inspección General de Justicia
En el anexo I, Capitulo I, Art. 13 dispone : 13.1. Seguro de vida 13.1.1. En aquellos planes que tengan previsto un seguro de vida colectivo accesorio al plan aprobado, la vigencia de la cobertura comenzará a partir del pago de la primera cuota del seguro, salvo que el contrato lo fijara en un momento anterior, sin período de carencia alguno. Las pólizas que se contraten limitarán el concepto de enfermedad preexistente a aquellas que hubieran sido materia de tratamientos en los dos últimos años anteriores a la suscripción y que provocaran el deceso dentro de los primeros seis (6) meses de suscripto el contrato.

Alguna idea?... por que en ningun lado dice controles medicos como en este caso.... y el anexo que te hacen firmar si.... perderia el sentido para toda persona que alguna vez tuvo una enfermedad sacar algun plan de ahorro.... ya que pagas y no te cubre nunca....