Marilyn, vos que siempre nos mandás a leer, por supuesto que la leí. Y ahora la releí. Lo que digo que son casos específicos de excepción. Digo que no generalicen, sino hubieran dicho directamente: todos los jubilados con moratoria pueden solicitar la pensión. Y eso no lo dice. Los casos concretos que yo tuve, y están acordados, eran señoras que hicieron su jubilación con moratoria, vigente la 884/06 y el marido había fallecido con anterioridad. El caso Nro. l de la circular, es un caso específico, la señora pudiendo pedir la pensión, porque primero había fallecido el marido, pide su jubilación.Lo que digo, no todas las señoras que se jubilen hoy pueden pedir la pensión sin problemas, hay que sujetarse a las excepciones.
"La paz comienza con una sonrisa"
(Teresa de Calcuta)