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  • MORATORIA CON APGO AL CONTADO PAGO AL CONTADO POR RES. 884/

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #278416  por Mariel-70
 
Tengo el siguiente caso, les pido su opinión, ya que es el primero de estas caracteísticas que me llega: Sra. con pensión directa, otorgada en 2006, quiere jubilarse.
Tiene aprox 14 años en IPS, el resto lo completa con algunos pagos hechos como autónoma, más las ampliaciones. La deuda total en SICAM alcanza a los 40.000 pesos más o menos. Como ya tiene pensión, no puede por la 884/06 entrar en el pago en cuotas, pero si en la moratoria, o sea que debo calcular el monto del pago al contado dentro del plan de la 24776, lo cual me da aprox. $4000, que abonaría antes del inicio del trámite, o sea diez veces menos de la deuda original. Previamente debería realizar el reconocimiento en IPS. Es correcta mi intrepretación? Desde ya muchísimas gracias a los que puedan responder.
 #278442  por andrea37
 
Si, es así, tendría que pagar la totalidad de la moratoria para tener derecho a la jubilación, pero escuché por ahí que en algunas udai retrasadas no las quisieron tomar, no en mi caso que las que pagaron todo no han tenido inconvenientes. Con respecto al IPS si, tenés que hacer el reconocimiento y luego llevar la resolución cuando presentes en anses.