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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #273172  por danel1959
 
Mi tío registra un período de actividad del 5/1959 al 12/1969. Siempre aportó, pero no guardó los comprobantes de pago (en esa época tenía 18 años). En el sicam se le imputa una deuda del período 05/1959 al 12/1962. Se lo beneficia con el art. 3 de la ley 24476 del 01/1963 al 12/1969. La deuda actualizada es de $ 22.000. Pregunto: para poder jubilarse (tienen más de 45 años de servicio), debe abonar esa deuda? se puede realizar algún trámite para no realizar esa erogación ?
Desde ya muchísima gracias.
 #273196  por inesla
 
[quote="danel1959"]Mi tío registra un período de actividad del 5/1959 al 12/1969. Siempre aportó, pero no guardó los comprobantes de pago (en esa época tenía 18 años). En el sicam se le imputa una deuda del período 05/1959 al 12/1962. Se lo beneficia con el art. 3 de la ley 24476 del 01/1963 al 12/1969. La deuda actualizada es de $ 22.000. Pregunto: para poder jubilarse (tienen más de 45 años de servicio), debe abonar esa deuda? se puede realizar algún trámite para no realizar esa erogación ?
Desde ya muchísima gracias.[/quote
Si tiene 45 años de aportes, aparte de los que mencionás, utilizá la prescripción de la 14236 y listo. No entiendo por qué querés utilizar el art.3 de la 24476. Fijate, por otro lado, si tiene cargados los pagos del período que mencionás, si figura la cuenta de la ex caja de autónomos. ya que por el período tan corto no me cierra la deuda. sds