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  • PENSION O JUBILACION???

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #272836  por SIL_27
 
HOLA: me consulto una mujer de 72 años que cobra pension, para tramitar la jubilacion, tiene algunos años de aportes pero no sabia bien cuantos y todavia no pedi el sijp.
Ahora bien, la pension que cobra es la mitad de la minima, comparte con la ex del causante , separado pero no divorciado.
Al contado no creo que pueda pagar la moratoria y como las cuotas van a ser de poco valor, calculo por la edad, digo no le conviene dar de baja la pension y tramitar la jubilacion????, en todo caso cuando termine con la moratoria (5 años) puede solicitarla otra vez la pension una vez dada de baja????
Todavia no le consulte a ella si le parece bien hacerlo asi y aunque por ahi diga que no, por las dudas le dara miedo rechazar la pension, queria consultarles si esta bien este planteo o es ridiculo.
Disculpen la ignorancia y gracias desde ya al que me pueda dar una mano con esto
 #272868  por abim
 
1. La pensión x viudez es contributiva e irrenunciable.
2. Decreto 1451/06 reglamentado por Resolución 884/06, art. 5º: "se adquiere el derecho al beneficio previsional (aquí, jubilación) a partir de la cancelación total de la deuda reconocida"
Reitero: a esa pensión no puede renunciar. Si se quiere jubilar tiene que pagar la moratoria (que no es poco) de contado. Puede también pagarla en cuotas, pero adquiere el derecho cuando esté cancelada toda la deuda.
 #273037  por inesla
 
SIL_27 escribió:HOLA: me consulto una mujer de 72 años que cobra pension, para tramitar la jubilacion, tiene algunos años de aportes pero no sabia bien cuantos y todavia no pedi el sijp.
Ahora bien, la pension que cobra es la mitad de la minima, comparte con la ex del causante , separado pero no divorciado.
Al contado no creo que pueda pagar la moratoria y como las cuotas van a ser de poco valor, calculo por la edad, digo no le conviene dar de baja la pension y tramitar la jubilacion????, en todo caso cuando termine con la moratoria (5 años) puede solicitarla otra vez la pension una vez dada de baja????
Todavia no le consulte a ella si le parece bien hacerlo asi y aunque por ahi diga que no, por las dudas le dara miedo rechazar la pension, queria consultarles si esta bien este planteo o es ridiculo.
Disculpen la ignorancia y gracias desde ya al que me pueda dar una mano con esto
Primero, cómo no cobra la totalidad del beneficio, forzaría dictamen jurídico y siempre te queda la posibilidad del amparo. Es cierto que los beneficios previsionales son irrenunciables. sds
 #273084  por SIL_27
 
ok gracias, ntonces si era ridiculo lo que decia pero ahora me quedo otra duda, uds dicen que me convendria iniciarla pagando una cuota fundandolo en que no cobra toda la pension??? aunque no creo que me lo acepten ni siquiera