Buenas a todos, estuve leyendo la aclaratoria sobre SDM, y quisiera por favor si alguien puede corroborar mi interpretacion...
Quienes abonaron $55 sea que se haya iniciado la jubilacion antes o despues del 24/10, deben presentar: Tickets de pagos, los pagos deben estar acreditados en SIJYP, y ademas debe adjuntar los F102 (completos?, es decir debe, si o sí, denunciar un dador de trabajo y la remuneración que percibía, y hacerlos firmar por éste)
Es así ?, es a éstos a quienes considera en relacion de dependencia ?
El único cambio con la circ 53/08 es que ya no se van a pedir los testigos, libreta de trabajo, afiliacion a obra social y demás, verdad?
Gracias! espero sus opiniones!!!
Quienes abonaron $55 sea que se haya iniciado la jubilacion antes o despues del 24/10, deben presentar: Tickets de pagos, los pagos deben estar acreditados en SIJYP, y ademas debe adjuntar los F102 (completos?, es decir debe, si o sí, denunciar un dador de trabajo y la remuneración que percibía, y hacerlos firmar por éste)
Es así ?, es a éstos a quienes considera en relacion de dependencia ?
El único cambio con la circ 53/08 es que ya no se van a pedir los testigos, libreta de trabajo, afiliacion a obra social y demás, verdad?
Gracias! espero sus opiniones!!!
