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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #271440  por d_lorenti
 
Veo que salio una aclaratoria, pero la verdad mucho a mi no me aclara.

Creo que tenemos que tratar de resolver por casos y pasos. Asi a todos nos queda claros.
Les soy sinceros, no tengo respuestas pero me parece mejor analizarlo asi.

SDM de $55, presentados antes del 24/10/2008 que sucede. (o sea nos citan, si nos citan que hay que llevar)
SDM de $55, presentados despues del 24/10/2008 que sucede. (que documentación además del SIJP hay que llevar).

SDM de $20, presentados antes del 24/10/2008 que sucede. (o sea nos citan, si nos citan que hay que llevar)
SDM de $20, presentados despues del 24/10/2008 que sucede. (que documentación además del SIJP hay que llevar, o como hay que integrar los pagos).

SDM ahora, que pagamos 55, 20, 20 y 23 o que, que hacemos de ahora en más, que opinan, como vamos a seguir esto.

En base a estos 5 puntos, pongamosnos todos de acuerdo y listo, fucionemos como nucleo.
En mi forma de ver, al empleado domestico que pago atemporal $55 no le pueden pedir certificado de empleador porque puede haber tenido varios y realizarse cuando supo la propia persona el aporte.
El de pocas horas, normalmente si tuvo uno solo y sería mas logico pedirle un empleador.

Espero que aclaremos aca y con estos 4 puntos, asi todos la tenemos más clara.
Att. Diego Lorenti
 #271446  por rpupy
 
SISI estaria bueno ACLARARR ...Porq a mi entender Esta nueva circular NO es ESPECIFICAMENTE "aclaratoria"" YA QUE TENGO LAS MISMAS DUDAS QUE ANTESS!!!
SALUDOSS
 #271465  por hugo2
 
rpupy escribió:SISI estaria bueno ACLARARR ...Porq a mi entender Esta nueva circular NO es ESPECIFICAMENTE "aclaratoria"" YA QUE TENGO LAS MISMAS DUDAS QUE ANTESS!!!
SALUDOSS
Todavia no salio ninguna circular, solamente un mail interno.
 #271505  por drajustine
 
Perdon ...pero yo el jueves tengo turno en anses y como saque el turno el dia 23 de octubre y mande el sicam ese mismo dia, pienso llevar la aclaratoria y hacerla valer por que mi clienta no puede integrar los $23, así que espero y exigiré que apliquen la misma. :evil:

saluditosssss!!!
 #271573  por lgaray
 
NO creo que te convenga llevarla Justine
Debajo de las novedades que les llegan a los empleados de Anses, como a este buen samaritano que la paso, les mandan este mensaje

= El contenido del presente mensaje y sus anexos es privado, confidencial y de exclusivo uso para el titular de la direccion de correo electronico a qui= en esta dirigido. Puede contener informacion privilegiada o amparada por el secreto profesional o por disposiciones legales y/o reglamentarias vigentes. Cualquier modificacion, retransmision, diseminacion o divulgacion de su informacion se encuentra expresamente prohibida y su uso inadecuado puede derivar en responsabilidad civil para el usuario o configurar los delitos previstos en los articulos 153 a 157 del Codigo Penal. Si no fuere uno de los destinatarios consignados o lo hubiere recibido por error, Ud. NO ESTA AUTORIZADO a utilizar total o parcialmente, copiar, enviar, revelar, imprimir, divulgar de manera alguna el contenido del presente mensaje o el de sus adjuntos. En consecuencia, tenga a bien comunicarselo inmediatamente al emisor y ELIMINARLO. ANSES no aceptara responsabilidad alguna por errores u omisiones emergentes del presente mensaje o sus adjuntos, ni garantiza la seguridad, exactitud u oportunidad de lo transmitido por este medio debido a que el mismo puede ser objeto de intercepcion, modificacion, retraso, perdida, o bien de contener virus informaticos u otras anomalias. Asimismo, las opiniones expresadas en este mensaje son propias del remitente y no representan la opinion o politicas de ANSES y/o de ningun empleado y/o funcionario de la organizacion . Por ende, ANSES no asumira -en ningun caso- responsabilidad alguna frente al destinatario y/o terceros en virtud de dichas comunicaciones y ademas, no sera responsable frente a los usuarios por la correspondencia o los mensajes de correo electronico enviados por terceros u otras personas distintas a ANSES, ya sea que estos hubieren o no solicitado el envio de tales mensajes. ANSES se reserva el derecho de bloquear el acceso o remover en forma parcial o total todo mensaje y sus adjuntos que a su criterio pudiere resultar abusivo, difamatorio, obsceno, fraudulento, artificioso, enganoso, ofensivo o violatorio a los terminos de la presente. PD:Tildes omitidas intencionalmente.

Si tu clienta no tiene para aportar los $ 23, es su problema, si estaba al tanto que debian ser 43 o 55, como mínimo.

Como dijo Hugo2, esto fué una circular interna.
NO MATEMOS AL MENSAJERO
y no te matés vos intentándolo.
 #271603  por drajustine
 
Gracias por el consejo....,creo igual que por estas horas la aclaratoria ya es oficial......,igual no creo que Anses sea tan dura con sus empleados.... :D
 #271642  por estudiolaw
 
La semana pasada estuve en la Udai de Munro y el empleado muy buena onda me explicó que van a intimar para que abonen los aportes de $ 23 y que van a citar a todos los que pagaron menos, incluso en el formulario que se abona la diferencia hay que denunciar los datos del empleador. Espero que les sirva de algo éste dato.
 #271732  por lgaray
 
drajustine escribió:Gracias por el consejo....,creo igual que por estas horas la aclaratoria ya es oficial......,igual no creo que Anses sea tan dura con sus empleados.... :D
NO en este caso, porque nunca sabrán quien la paso.
Pero si son duros, les levantan sumarios.
Pero acá el riesgo, además, lo corrés VOS, que tenés en tus manos información confidencial. y viste como son de quisquillosos.
Por una jubilada que jamás trabajo?
Yo te lo digo por vos, no por ella.
 #271752  por Ariel_Franz
 
lgaray escribió:
drajustine escribió:Gracias por el consejo....,creo igual que por estas horas la aclaratoria ya es oficial......,igual no creo que Anses sea tan dura con sus empleados.... :D
NO en este caso, porque nunca sabrán quien la paso.
Pero si son duros, les levantan sumarios.
Pero acá el riesgo, además, lo corrés VOS, que tenés en tus manos información confidencial. y viste como son de quisquillosos.
Por una jubilada que jamás trabajo?
Yo te lo digo por vos, no por ella.
:roll:
 #271758  por Ramiroc
 
Yo creo que están viendo mal las cosas, importa poco la circular, en tanto no se modifique la resolución 524/08, la cual tiene dos normas claras: una establece que lo que aparecen el SIJP debe tomarse como acreditado si tiene coincidencia con lo denunciado en la solicitud del beneficio. No siendo necesario exigir ningún otro tipo de documentación adicional. La otra, para el caso del servicio doméstico Ley 25.239. Establece que se dará por acreditado si se observa la sigla SDM en el período, siendo ello prueba suficiente.
Por tanto, si la probatoria sigue aún vigente y no establece requisitos extras, una circular de uso interno no puede ir más allá de ésta, puesto que configura una violación a la jerarquía normativa.

Por otro lado, desde mi punto de vista, la circular tiene varios desaciertos. Primero se hace una diferenciación entre las personas que efectuaron aportes por más de 16 horas (aporte mensual de $ 55,oo) y las que depositaron importes menores, estableciendo que las primeras se encuentran incluidas dentro del decreto 326/56 y su reglamentación.
Creo que es un error en razón de que el decreto en cuestión no establece en un mínimo de horas (en este caso 16 horas) sino que para encontrarse incluido en el mismo deben cumplirse tres requisitos: haber trabajado más de un mes, cuatro o más días a la semana y cuatro o más horas por día. Por lo tanto se observa que existen varias posibilidades de personas que trabajaron más de 16 horas por semana sin estar incluidas en el mencionado decreto.
Así por ejemplo aquellas que trabajaron 3 horas diarias, durante 6 días no se encuentran incluida dentro del decreto 326/56. ¿Si no hay relación de empleo encuadrada en el decreto mentado como puede requerirse la presentación de la libreta de trabajo?
 #271798  por ANALIA_
 
hola hoy estuve por la udai de lompchamps alli presente una en el correo interno daban la orden de que debian aceptar todas las que se inician y aceptar las que fueron antes de la resolucion
por lo que me comento la iniciadora van a dejar las de 55 esas siguen adelante ( antes de la resolucion) los que pagaron 20 seran citados hasta ahora me comentaron eso
 #271800  por ANALIA_
 
ahhh me olvidaba tambien dijo quienes no podian pagar se los decontaran del haber jubilatorio en el caso de $ 20