Estimados foristas: Les consulto. Preparé una liquidación en el marco de la Ley 24476 en Sicam para un hombre que cumple los 65 años en mayo de 2009. Nunca hizo aportes y estaba preocupado de que la moratoria no estuviere vigente cuando cumpliese sus 65 años. Le hago la liquídación y empieza a pagar las cuotas hasta cumplir los 65 años. Pregunta puntual: cuando cumpla los 65, pido turno y le hago dejar de pagar la moratoria hasta la resolución favorable y se le descuentan automáticamente??? Pregunto porque un gestor me comentó que tengo que hacer una nueva liquidación en el marco de la 24.241...Alguien me sabe decir si tuvo un caso similar??? Gracias totales!!!!!
