Hola a todos, soy un joven abogado, que me dedico a jubilaciones, pero no a pensiones, y me acaban de entrar 2 al estudio, por ello mi consulta es:
Ambas personas falleciero con anterioridad a 1993, por lo cual no estaba en vigencia la ley 24241, sino las leyes 18037 y 18038, mi pregunta concreta, es si el beneficio, va por leyes viejas o 24241, y en caso de ir por leyes viejas ,cual es el costo del tramite de pension, y desde cuando comienza el retroactivo de dicho beneficio.
Otra pregunta ,suponiendo que se apliquen leyes viejas, tengo que ir si o si por ese regimen, o puedo optar por 24241, y 24476 y poder hacer uso de moratoria.
Ultima pregunta es , suponiendo que dichas personas no reunan, lo años de aportes exigidos por leyes viejas, existe alguna moratoria para poder completarlos.
Ambas personas falleciero con anterioridad a 1993, por lo cual no estaba en vigencia la ley 24241, sino las leyes 18037 y 18038, mi pregunta concreta, es si el beneficio, va por leyes viejas o 24241, y en caso de ir por leyes viejas ,cual es el costo del tramite de pension, y desde cuando comienza el retroactivo de dicho beneficio.
Otra pregunta ,suponiendo que se apliquen leyes viejas, tengo que ir si o si por ese regimen, o puedo optar por 24241, y 24476 y poder hacer uso de moratoria.
Ultima pregunta es , suponiendo que dichas personas no reunan, lo años de aportes exigidos por leyes viejas, existe alguna moratoria para poder completarlos.
