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  • jubilada con moratoria puede iniciar pension c moratoria?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #241473  por ra
 
Hola a todos, queria saber si alguien inicio una pension con moratoria de una jubilada con moratoria?
Les paso datos:
el esposo fallecio en año 2007, todavia nose su historia laboral, pero mi clienta dice que su esposo trabajó como productor de seguros, supongo que tendra aportes como autón. o monotributista. Tengo que pedir informe en anses.
Pero mi duda es: si tiene aportes y llega a irregular, puedo comprar con moratoria el resto y saldra favorable? alguien ya esta cobrando?
Mil Gracias a todos.
 #241475  por ALEJANDRA VALLADARES
 
la resolucion 884/06 no permite a quien tiene pension tener jubilacion con moratoria. hay un post dedicado a éste tema. es de este ultimo fin de semana. consultalo.
y si, podés hacerlo comprando por sicam lo que necesites para alcanzar la regularidad. y cobrará los 2 beneficios con moratoria.
 #243143  por inesla
 
yo entiendo que la sra. está jubilada con moratoria y ahora quiere pedir la pensión??? si es así puede, de la otra forma vas a tener que llegar a la justicia y demostrar que la sra. estaba aportando para obtener su beneficio. hay mucha gente que comenzó a aportar con la moratoria del 85, que decía que con 10 años de aportes se jubilaban. luego cambiaron los requisitos, pero mucha gente siguió aportando y ahora con la edad cumplida y pensionada, no puede pedir su propio beneficio??? creo que es discutible dentro del fuero, no me tiraría a un amparo, pero si a un ordinario.
 #243181  por maria juana
 
perdon...pero hoy en anses, teniendo el caso que aqui estan planteando me lo devolvieron, porque la sra es jubilada con moratoria, el esposo fallecio hace dos meses, y en ese caso no puede tener la pension con moratoria poruqe esta afectada por el decreto 884/06...-
o sea que si el causante fallecio antes del decreto puede la jubilada tambien pensionarse ambas con moratoria..
pero si es posterior al decreto solo consigue la pension si cancela la deuda del causante....no puede tener alli dos moratorias...siempre hablamos de pension DIRECTA....
 #243237  por MARIMO1
 
hola:

Habría que ver bien si no son los casos que entran en las Excepciones a la 884. Leamos bien la Circular 34/08, complementaria de la 70/06.

saludos

Maria
 #243268  por ALEJANDRA VALLADARES
 
Es cierto lo que dice Maria. Mi pensión deriva de un sicam presentado y pagado la primer cuota, pero el señor falleció sin poder hacer la solicitud de jubilación. Ese sicam lo di de baja y ahora tengo que hacer uno para pensión. Entra en una de las causales de la circular, porque el fallecimiento lo toman como algo fortuito no importa si falleció antes o después de la circular.
Sería cuestión de analizar los casos en particular.
El tema de las pensiones con moratoria es un lío...
Igualmente el decreto 884 hace referencia al que quiera una JUBILACION, o a quien quiera una PENSION...Atenti.