Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Lo puedo hacer asi?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #234845  por Noebel
 
Lo que me confunde es el hecho de usar SICAM I y SICAM 2.

La Sra. tiene 74 años, inscripcion en autonomos desde 1/73 hasta 8/80 ( ultimo pago) cat. 703.

Puedo hacer esto? Liquido 22 años 10 meses.

Entonces planteo la situacion de revista asi:

9/57 .............. 12/72 Cat. 307 art. 3 1/65 ........ 12/72 7 años

1/73 ............. 8/80 Cat. 703

Esto lo hago en SICAM I o tengo que ampliar los periodos en SICAM 2.. Me pueden aclarar esta duda.. Muchas gracias
 #234907  por yesiyeyo
 
yo siempre hago ampliacion ... en los periodos q no son de inicio, y me salen bien...nunca probe poniendo todo en la sit de revista original
 #234931  por ALEJANDRA VALLADARES
 
Hola. Las jubilaciones que se empezaron a hacer a comienzos de la 24476 yo creo que todos o la mayoría ponía todo junto en la situación de revista.y pasaba bien.
Era también porque era poca la información y nadie,ni los de anses, sabia nada.
Ahora yo diría que pongas en situación de revista lo que tiene hasta el año 80, y en ampliar situación de revista los períodos que comprás (o sea que no tenía declarado como autónoma) por moratoria. De cuota quedate tranqui, te da lo mismo. Yo ya probé calcular varios a ver si me bajaba la cuota, pero no. Ni te la aumenta. Pero te evitarías que te rebotaran el sicam...
Suerte. alejandra
 #235165  por sandra73
 
te comento que la cuota puede variar dependiendo si estuvo acogido alguna moratoria como ser 493-95 en la cual se podia incluir peridos desde 01/1955, digamos que es la reglamentacion vieja de la ley 24476, y si tenes hechos pagos de esa moratoria se deducen de la situacion de revista original, osea que en ese caso tendrias que ponerlo todo en original y no en ampliada. tengo un caso que la deuda varia por esa situacion.
suerte