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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #230457  por dralopez
 
Hola a todos, les quiero consultar lo siguiente, tengo una clienta que tiene como último domicilio del dni, uno de Argentina, pero esta de viaje con su hijo en España, no habrá problema para tramitarle la jubi no???, hago la liquidación tomando en cuenta la primera entrada al pais, verdad???
Ahora como todavia no me completó los formularios de Anses, voy a enviarselos a España para que certifique las firmas alla, que autoridad debe certificar??? un escribano y agregando apostilla??? o con la firma de alguien del consulado alcanza??? muchas gracias......................

 #230628  por maria juana
 
antes de cualquier decision te aconsejaria ir a la udai en la cual vas a presentar el tramite y consultar sobre que requisitos quieren para las certificaciones de firmas...
mira que no esta a la vuelta de la esquina!!!!!!
 #233133  por Mel79
 
Hola, mira los firmas vos si sos apoderada, delante del chico de anses, por lo que te diria que le envies la carta poder y que certidique la firma con un escribano y la apostille.-
Igualmente consulta en la Udai donde realizaras el tramite.-
Saludos.-

Melina
 #233234  por AGDA
 
Primero, para hacer cualquier gestión tenés que estar apoderada, ya sea por carta poder o por escritura pública. Después depende de c/UDAI. En algunas Udai podés firmar todos los formularios: SPP, anexo II circ 10, form desc en cuotas, etc. Sin embargo en otras sostienen que no podés firmar la SPP cuando ella contenga algún tipo de declaración jurada, por ejemplo la del art. 38 24241. Por supuesto, que esta postura es, entiendo, incorrecta porque uno como mandatario puede llenar una DDJJ siempre que esté autorizado para ello.
Lo mejor es que lo averigues previamente.