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  • Honorarios Sucesión con declaratoria

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 #222622  por walterms
 
Hola colegas
Es tema es el siguiente: En una suceción con declaratoria de herederos dictada, el cliente no tiene apuro en solicitar la inscripción de los bienes y no aparece más. Y así pasan años. ¿Se puede pedir regulación de honorarios hasta la etapa cumplida (declaratoria)? ¿En base a que se regulan los honoraios en este caso?
Saludos.

 #222754  por abogado1987
 
walterms ... la sucesión tramita en capital o provincia ?

 #222894  por walterms
 
La suceción tramita en la provincia de Buenos Aires
abogado1987 escribió:walterms ... la sucesión tramita en capital o provincia ?

 #222903  por abogado1987
 
walterms, las pautas te las da el siguiente art. ...

ARTICULO 27°: El monto de los juicios se determinará:

a. Cuando se trate de juicios sobre bienes inmuebles o derechos sobre los mismos, si no han sido tasados en autos, se tendrá como cuantía del asunto la valuación fiscal al momento en que se practique la regulación incrementada en el veinte (20) por ciento. No obstante, reputándose a ésta inadecuada al valor real del inmueble, el profesional estimará el valor que le asigne de lo que se dará traslado por cédula a quienes se encuentren obligados al pago de honorarios a regularse. En caso de oposición el juez designará perito de la lista oficial. La pericia se pondrá de manifiesto por cinco (5) días, por auto que se notificará a las partes. Si el valor que asigne el juez fuera más próximo al propuesto por el profesional, que el fiscal o el que hubiere propuesto el obligado, las costas de la pericia serán soportadas por este último; de lo contrario, serán a cargo del profesional. Este procedimiento no impedirá que se dicte sentencia en lo principal, difiriéndose la regulación de honorarios.

 #222905  por abogado1987
 
me olvidaba ... DECRETO LEY 8.904/77, LEY ARANCELARIA PARA LAS PROFESIONES DE ABOGADOS Y PROCURADORES (volvé edit )
 #440376  por mmmm
 
Te hago una pregunta, ahora que paso tanto tiempo de tu post supongo que alguna resolucion abras tenido.
El caso es el siguiente, hice una sucesion muy complicada (1 inmueble dividido en tres partes segun la escritura, 4 dueños originales, de los cuales solo 1 quedo vivo, cada uno con varios hijos, a la vez de esos hijos hay otros tantos muertos, porlo tanto tambien presente nietos, encima algunos eran españoles, y de esos algunos viviendo en Australia, y otro fallecido ahi, en definitiva un kilombo, caso heredado por mi familia politica) el asunto es que los que viven en Australia se enojaron conmigo por q supuestamente era mi culpa q se tardo tanto en el tramite, y se lo dieron a otro abogado, yo segue actuando por los q no se enojaron conmigo, y logre la declaratoria para todos, el tema es q ahora la casa no se vende ni nada (la abogada nueva, lo unico q hizo fue presentarse en el expediente)por q encima esta habitada por una sra. compro un porcentaje pequeño de los derechos hereditarios,
Entonces la pregunta es la siguiente: puedo pedir en esta instancia la regulacion de honorarios? sobre todo para q me paguen los de Australia, hasta ahora solo cobre gastos, que no cubren en lo mas minimo todo el esfuerzo y la malasangre.-
Gracias
 #440470  por abogado1987
 
mmmm escribió:Te hago una pregunta, ahora que paso tanto tiempo de tu post supongo que alguna resolucion abras tenido.
El caso es el siguiente, hice una sucesion muy complicada (1 inmueble dividido en tres partes segun la escritura, 4 dueños originales, de los cuales solo 1 quedo vivo, cada uno con varios hijos, a la vez de esos hijos hay otros tantos muertos, porlo tanto tambien presente nietos, encima algunos eran españoles, y de esos algunos viviendo en Australia, y otro fallecido ahi, en definitiva un kilombo, caso heredado por mi familia politica) el asunto es que los que viven en Australia se enojaron conmigo por q supuestamente era mi culpa q se tardo tanto en el tramite, y se lo dieron a otro abogado, yo segue actuando por los q no se enojaron conmigo, y logre la declaratoria para todos, el tema es q ahora la casa no se vende ni nada (la abogada nueva, lo unico q hizo fue presentarse en el expediente)por q encima esta habitada por una sra. compro un porcentaje pequeño de los derechos hereditarios,
Entonces la pregunta es la siguiente: puedo pedir en esta instancia la regulacion de honorarios? sobre todo para q me paguen los de Australia, hasta ahora solo cobre gastos, que no cubren en lo mas minimo todo el esfuerzo y la malasangre.-
Gracias
mmmm, podés solicitar se regulen honorarios por tu labor desarrollada en autos
en CABA de acuerdo a
Art. 23.-Cuando para la determinación del monto del proceso debiera establecerse el valor de bienes muebles o inmuebles, el Tribunal correrá vista al profesional y al obligado al pago del honorario, para que en el plazo de tres (3) días estimen dichos valores.
Procedimiento en la tasación judicial
Si no hubiere conformidad, el Tribunal, previo dictamen de un perito tasador designado de oficio, determinará el valor del bien y establecerá a cargo de quien quedará el pago del honorario de dicho perito, de acuerdo con las posiciones sustentadas respectivamente por las partes.
LEY N° 21.839