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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #220742  por nadina86
 
Hola a todos, gracias por las respuestas que me mandaron anteriormente.
Esta es la cuestión, a mi tio le denegaron la jubilación por que le falta 1 año y 7 meses, en anses nos recomiendan que esos años que faltan que no le figuraron en la empresa donde trabajaba que pida por el art. 38 por los años 65 y 66, pero me dijeron que haciendo esto seria mas rapido pero pierde el retroactivo.
Diganme si tengo otra opción sin perder el retroactivo. Podria hacerle una moratoria o pagar la deuda al contado, saben de cuanto puede ser la deuda de esos casi dos años y como averiguo?. Muchas gracias.

 #220947  por empí©docles
 
El retro está perdido porque no acreditó el derecho.- Hacé como te indican que es lo más viable.-

 #221201  por efernandez
 
empédocles escribió:El retro está perdido porque no acreditó el derecho.- Hacé como te indican que es lo más viable.-
no se si te sirve, la circular 27 del 2005

CIRCULAR GP Nº 27/05
CUMPLIMIENTO DE EXTREMOS LEGALES DURANTE LA TRAMITACIÓN DE LA PRESTACIÓN
Por medio de la presente se pone en conocimiento el criterio consensuado en la reunión del Comité de Coordinación creado por el artículo 19 del Reglamento de la Comisión Administrativa de la Seguridad Social (CARSS), aprobado por la Resolución GG Nº 85/03, modificada por su similar Nº 246/03, acerca de aclarar el curso de acción a seguir cuando a la fecha de presentación el peticionante de una prestación no acredita los extremos legales exigidos para acceder a la misma.
Por tal motivo, en la hipótesis de falta de derecho al momento de la solicitud, pero con acceso o cumplimiento de los extremos legales durante el trámite y/o al momento de resolver la petición, dará lugar al otorgamiento de la prestación solicitada, con la salvedad que la fecha inicial de pago deberá establecerse a partir del momento en que se reúnen los recaudos de ley.