HOLA A TODOS. Tengo una pension de una persona que fallecio el 19/10/1992, fue autonomo, segun el padron tiene actividad desde 01/1954, y tiene pagos salteados desde 1967 a 1991. El sicam los haria asi:
Situacion de revista: 01/1954 al 10/1992
prescribo todos aquellos meses en los cuales no tiene pago y le dejo deuda desde 10/91 al 10/92?
Ademas la ley aplicable es la 24476 para emitir el comprobante de pago de contado? ya que la ley 18038 no aparece.
Le agradeceria a alguien si me puede dar una manito con esto, porque es la primero que hago y esta señora viene de otros abogados que la habian metido en la moratoria de la 24476, asi que imaginen como esta.
Gracias!!!!
Situacion de revista: 01/1954 al 10/1992
prescribo todos aquellos meses en los cuales no tiene pago y le dejo deuda desde 10/91 al 10/92?
Ademas la ley aplicable es la 24476 para emitir el comprobante de pago de contado? ya que la ley 18038 no aparece.
Le agradeceria a alguien si me puede dar una manito con esto, porque es la primero que hago y esta señora viene de otros abogados que la habian metido en la moratoria de la 24476, asi que imaginen como esta.
Gracias!!!!
Paula
