Colegas, tengo una sra. nacida el 19/12/47.
Tiene un alta en autonomos en fecha 02/1998 al 06/1998 Act. 002
07/98 al 08/2005 act. 002
09/2005 al 02/2007 act. 798 (todos estos peridodos categoria B)
03/2007 a la actualidad T3 CAT. II INGRESOS DESDE 25001
Tiene pago unicamente desde 02/98 al 04/99
NUNCA mas pago y sigue en actividad. Paga ganancias, bienes personales e IVA.
pregunta: tendria que pagarle aprox 11 meses por sdm: puedo aplicar art. 1 25321 a los periodos que pago sdm, me lo aceptan, que otra solucion sino tendría???
Desde ya mil gracias y saludos
Tiene un alta en autonomos en fecha 02/1998 al 06/1998 Act. 002
07/98 al 08/2005 act. 002
09/2005 al 02/2007 act. 798 (todos estos peridodos categoria B)
03/2007 a la actualidad T3 CAT. II INGRESOS DESDE 25001
Tiene pago unicamente desde 02/98 al 04/99
NUNCA mas pago y sigue en actividad. Paga ganancias, bienes personales e IVA.
pregunta: tendria que pagarle aprox 11 meses por sdm: puedo aplicar art. 1 25321 a los periodos que pago sdm, me lo aceptan, que otra solucion sino tendría???
Desde ya mil gracias y saludos
