Hace unos dias consulte por una mujer que se jubilo en marzo de 2007 y le dieron fecha de cobro para agosto del mismo año. Nunca cobro la jubilacion. Unos cuantos colegas respondieron a mi consulta diciendo que si se jubiló despues del 24/10/2006 no puede jubilarse CON MORATORIA. si además está cobrando pension, lo que pasa, en efecto. Esta señora tramitó la pension de amas de casa, con moratoria efectivamente. Le di la noticia y quiere que de algun modo intente dar vuelta esta situacion. Podría alegarse que corresponde igual por ser un derecho adquirido???? Le dieron el beneficio, con fecha de cobro inclusive. En el caso de que me decida a intentar algo, puedo exponer un argumento ante la anses, o debo ir a tribunales? Eb el caso, puedo litigar en la provincia o es juzgado federal?Mill gracias por su tiempo y si pueden ayudarme, se los agradeceré inmensamente. Saludos Cordiales. Rafaela.-
