Hola a todos los colegas de este sub foro, les cuento más o menos el caso porque tengo una duda¡ Se trata de un señor que me consulta para jubilarse (tiene 62 años, todos los aportes,le corresponderia el beneficio por ser trabajo insalubre el que desempeña), ahora existe una particularidad en este caso este hombre tuvo un accidente de trabajo y se encuentra de licencia y percibiendo una prestación(supongo que sueldo) de parte de la ART que le dicto una incapacidad laboral provisoria del 67%, luego de 20 meses más se realizara otra junta medica en la que se determinará la incapacidad definitiva y consiguiente indemnización,mi duda radica en lo siguiente ¿suponiendo que el se jubile, sigue percibiendo la prestación de la ART y posteriormente lo indemnizaran o con el beneficio jubilatorio pierde ese derecho? yo supongo que no, que es independiente una cosa de la otra pero pregunto por las dudas¡¡ saludos y muchas gracias a todos¡¡Rosana
