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  • HELP! ANSES DIO DE BAJA JAAP DE RESIDENTE TEMP EN ESPAí‘A

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #211122  por Floppy!
 
Hola chicos! A una sra que está vivendo temporariamente hace unos 3 o 4 años en España le tramitaron una JAAP. Si bien la acordaron y cobró a través de su representante (hermana), unos meses desp la notificaron de Anses informandole que debía presentarse en la Udai para acreditar su residencia en Argentina. Como no lo hizo porque seguía en España, ahora le llegó otra notificación de Anses disponiendo la baja definitiva del beneficio y el recupero de las sumas que percibió más los intereses.
Que tiene que hacer??? Alguien tiene idea como debe hacer para restituir el dinero?
Ella vuelve el año próximo de España y se piensa quedar acá. Puede iniciar un nuevo tramite para acceder a la Jubilación y que lo que cobró indebidamente con la anterior que tramitó se lo descuenten del nuevo beneficio?
Necesito ayuda! Mil gracias!!!!
Floppy

 #211208  por VALESANO
 
Alguien puede informar cuáles son las normas respecto a los argentinos que ya mayores, se van a vivir al exterior y que a posteriori tramitan su jubilación en el país, para luego cobrarla por medio de un familiar apoderado Si la persona hizo sus aportes que abarcan el tiempo que vivió en Argentina, le pueden negar o bien quitar el beneficio ?? Necesitaría saberlo pronto porque tengo un caso similar con turno acordado para el 3 de Setiembre y no quisiera que le pase lo mismo y luego me cuelguen de un puente. Saludos.

 #211263  por maria juana
 
¿es que acaso el hecho de ser jubilado te condiciona a estar atado al ANSES para siempre??????
no.. no creo.. debe haber algo para que un jubilado pueda percibir su haber en cualquier lugar del mundo..
la jubilacion es un derecho de propiedad y no te la pueden sacar por no estar en la republica.
averiguemos bien... y aportemos al caso!!!

 #211282  por lgaray
 
VALESANO escribió:Alguien puede informar cuáles son las normas respecto a los argentinos que ya mayores, se van a vivir al exterior y que a posteriori tramitan su jubilación en el país, para luego cobrarla por medio de un familiar apoderado Si la persona hizo sus aportes que abarcan el tiempo que vivió en Argentina, le pueden negar o bien quitar el beneficio ?? Necesitaría saberlo pronto porque tengo un caso similar con turno acordado para el 3 de Setiembre y no quisiera que le pase lo mismo y luego me cuelguen de un puente. Saludos.
No ¿ porque se lo van a quitar?, si los aportes son por años que estaba en el país.
Con poder y mandando los certificados de Supervivencia, no debería haber problemas.
También podria averiguar si donde reside no hay Banco (nación por ejemplO) por donde Anses pague y hasta pueda cobrar allá.
El problema se presenta porque se enviaron un montón de Jaap de gente que No residía en el país (y eso que lo aclaraba la misma página) y se jubilo a gente que hacía 30, estaba residiendo y trabajando en otro y creyeron que por el solo hecho de ser ARGENTINOS, tenían derecho.
Y Anses se percató del pequeño detalle.

 #211515  por Floppy!
 
Les cuento... La sra de mi caso está en España hace más o menos 5 años. Si bien se le tramitó la JAPP por la Web mientras estaba allá, los años que se compraron fueron anteriores al 9/93, y durante esos años estuvo en Argentina. Lo que dice Anses es que no se podía tramitar la JAAP por Web si la persona, al momento de enviar la solicitud, no estaba en el país. Me parece ridículo. En todo caso se supone que los años que compró estaba acá. Y además, todo este sistema es una ficción, porque en realidad se permite pagar como si se hubiera desarrollado una actividad que nunca se ejerció.
Pero la pregunta es... alguien tiene idea de que se puede hacer para no tener que devolver el dinero?
Floppy

 #211517  por Floppy!
 
Les cuento... La sra de mi caso está en España hace más o menos 5 años. Si bien se le tramitó la JAPP por la Web mientras estaba allá, los años que se compraron fueron anteriores al 9/93, y durante esos años estuvo en Argentina. Lo que dice Anses es que no se podía tramitar la JAAP por Web si la persona, al momento de enviar la solicitud, no estaba en el país. Me parece ridículo. En todo caso se supone que los años que compró estaba acá. Y además, todo este sistema es una ficción, porque en realidad se permite pagar como si se hubiera desarrollado una actividad que nunca se ejerció.
Pero la pregunta es... alguien tiene idea de que se puede hacer para no tener que devolver el dinero? Podría volver a tramitar el beneficio ya estando acá (dado que piensa volver el año próximo), y que en el peor de los casos le descuenten lo que percibió de la nueva jubilación?
Floppy