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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #195937  por Abogada Principiante
 
Hola a todos! Ahora sí tengo mi primer caso en el que voy a tener que aplicar sicam. Todavía me faltan varios datos. Pero querría ir viendo si estoy orientada.

El caso es así: Una mujer que acaba de cumplir 62 años quiere jubilarse. Me dice que se anotó en monotributo en el año 1994. Que pagó hasta el año 2000. Y que del 2000 en adelante no pagó más ni monotributo ni ingresos brutos. Yo le pedi el CUIT y la clave fiscal. El viernes va a ir a AFIP a actualizarla porque no la tiene. Tambien le dije que fuera a ANSES a acreditar sus datos en ADP para poder sacar la clave de la seguridad social. Ella dice que nunca trabajo en relación de dependencia.

Tengo varias dudas y se que me faltan datos. Pero globalmente, para tener una idea quiero preguntar si la cosa sería así:

1) Puede renunciar a los periodos con deuda (del 2000 en adelante)?
2) Y en ese caso, esta bien este razonamiento:
Computo:
1 año de servicio (por el exceso de edad)
4 años (por declaración jurada)
6 años tiene de aportes como monotributista.
Total: 11 años
Tiene que comprar 19 años (de agosto de 1968 a agosto de 1987 apox.).
3) Cómo queda su situación impositiva por los años renunciados. El componente impositivo se lo pueden reclamar en algún momento?
4) Para la moratoria en que categoria se tiene que anotar? En la misma que se anotó cuando se inscribió como monotributista?
5) Como calculo cuánto va a cobrar de jubilación?

Se que es una consulta un poco extensa, pero me animé porque siempre que me meto en el foro veo que hay muy buena onda.

Desde ya gracias al que me pueda contestar y saludos para todos
 #195956  por ramon80
 
Abogada Principiante escribió:Hola a todos! Ahora sí tengo mi primer caso en el que voy a tener que aplicar sicam. Todavía me faltan varios datos. Pero querría ir viendo si estoy orientada.

El caso es así: Una mujer que acaba de cumplir 62 años quiere jubilarse. Me dice que se anotó en monotributo en el año 1994. Que pagó hasta el año 2000. Y que del 2000 en adelante no pagó más ni monotributo ni ingresos brutos. Yo le pedi el CUIT y la clave fiscal. El viernes va a ir a AFIP a actualizarla porque no la tiene. Tambien le dije que fuera a ANSES a acreditar sus datos en ADP para poder sacar la clave de la seguridad social. Ella dice que nunca trabajo en relación de dependencia.

Tengo varias dudas y se que me faltan datos. Pero globalmente, para tener una idea quiero preguntar si la cosa sería así:

1) Puede renunciar a los periodos con deuda (del 2000 en adelante)?
2) Y en ese caso, esta bien este razonamiento:
Computo:
1 año de servicio (por el exceso de edad)
4 años (por declaración jurada)
6 años tiene de aportes como monotributista.
Total: 11 años
Tiene que comprar 19 años (de agosto de 1968 a agosto de 1987 apox.).
3) Cómo queda su situación impositiva por los años renunciados. El componente impositivo se lo pueden reclamar en algún momento?
4) Para la moratoria en que categoria se tiene que anotar? En la misma que se anotó cuando se inscribió como monotributista?
5) Como calculo cuánto va a cobrar de jubilación?

Se que es una consulta un poco extensa, pero me animé porque siempre que me meto en el foro veo que hay muy buena onda.

Desde ya gracias al que me pueda contestar y saludos para todos
hola , muchas preguntas , primero entra al sicam con la clave y te fijas que le sale pagado como mt. y tambien en historia laboral de anses. pasalos al foro.
en cuanto a tus preguntas
1: si puede renunciar con el art 1 de la 25321

2: art 19 exceso de dad ,si esta bien tendrias 2 años si tiene 62 años justo. es dos por 1

3 no creo ,queda igual.
4 toma actividad ama de casa

tambien toma ddjj. de acuerdo a cese .
saludos
 #195970  por Abogada Principiante
 
hola , muchas preguntas , primero entra al sicam con la clave y te fijas que le sale pagado como mt. y tambien en historia laboral de anses. pasalos al foro.
en cuanto a tus preguntas
1: si puede renunciar con el art 1 de la 25321

2: art 19 exceso de dad ,si esta bien tendrias 2 años si tiene 62 años justo. es dos por 1

3 no creo ,queda igual.
4 toma actividad ama de casa

tambien toma ddjj. de acuerdo a cese .
saludos[/quote

Hola Ramón!

GRACIAS!!!! Se que eran muchas preguntas, pero no me digas que no estoy bastante orientada. :D

La duda que me queda es cómo se calcula en este caso el monto del haber que la persona va a percibir. Bueno, si querés y podes contestarme espero tu respuesta y sino a ver si algun forista puede decirmelo. :oops: Desde ya muchas Gracias! Saludos.