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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

 #184714  por sabri79
 
puede variar entre un 25 a 30% del monto que se cobre en el juicio.
 #184726  por valeria m
 
sabri79 escribió:puede variar entre un 25 a 30% del monto que se cobre en el juicio.
Primero se cobra por el reclamo administrativo y luego por el judicial en caso de agotar la primera via? Esto lo pregunto por si el cliente decide llevar el caso a otro profesional.
Cuanto se cobra por la via administrativa??
Gracias

 #187032  por sabri79
 
yo por llevar la via administrativa cobro $250 y despues el porcentaje que te comente en la via judicial

 #187044  por pabloboubou
 
Hay que cobrar 300 para la via administrativa y 200 para la judicial mas el 25%. Tratar de homologar el convenio en la camara federal junto con el poder, despues lo retiras y vas por los honorarios en el jucio, entonces al cliente le cobras los honorarios y el convenio del 25.

 #187054  por lauramdq
 
pablo vos haces el poder y el convenio todo junto? como si fuera un juicio laboral?

 #187056  por pabloboubou
 
Si todo junto, lo saque de un expediente del estudio de paso, y ahi vi como despues sacan el convenio van por los honorarios y despues cobran convenio y honorarios

 #187318  por andrea1982
 
Pero si ponés un porcentaje es pacto de cuota litis y está prohibido en la materia, si ponés una suma fija (convenio de honorarios) podés perder...
Y el adm. lo podés cobrar en tanto y en cuanto salga favorable...

 #187454  por anya
 
pabloboubou escribió:Si todo junto, lo saque de un expediente del estudio de paso, y ahi vi como despues sacan el convenio van por los honorarios y despues cobran convenio y honorarios
:o el Gran estudio de Paso?....ellos ponen la suma fija y luego, en caso de falta de pago, convienen la via ejecutiva del 518 y ss.

Bahh, en realidad no ponen la suma fija..sino que los hacen firmar en blanco..

 #187518  por andrea1982
 
para mi es más viable lo que dice Anya, poner una suma fija y no un porcentaje, porque el pacto está prohibido en previsional, pero no el convenio.
Saludos
 #187527  por CHRISTINE
 
Anya y cuál es la suma fija qué ponen, cómo la calculan? si puede variar en la sentencia, pues a veces no te dan lo que pedís, si no te dan por otro fallo. Christine

 #187529  por andrea1982
 
Yo estimaría mas o menos 20 o 25% de lo que cobraría de retroactivo, si después resulta ser menos podés cobrar lo que te hayan regulado, y si te conviene podés ejecutar el convenio ya que sería válido, no así el pacto que estaría prohibido en materia previsional. :roll:

 #187792  por mave
 
CHICOS TENGO UN CASO QUE NO ERA MIO PERO HICE LA PROCURACION QUE LA ABOGADA LE HIZO FIRMAR SOLAMENTE LA CARTA PODER EN LA CAMARA Y NADA SOBRE LOS HONORARIOS LE DIJO DE PALABRA EL 20 %.-EL TEMA QUE COBRO 70.000 Y AHORA DESCONOCE LA RELACION PROFESIONAL.- MI PREGUNTA ES EN EL FEDERAL NO PUEDO PEDIR REGULACION DE HONORARIOS NO?? QUE HAGO EN ESTE CASO , LE MANDO CARTA DOCUMENTO A VER SI SE ASUSTA !!! PORQUE NO TENGO NADA PARA EJECUTAR SOLAMENTE TODO EL EXPEDIENTE HECHO HASTA EL FINAL .-AYUDAAAAA.-