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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #160588  por Marina rios
 
Hola a todos les quiero comentar la siguiente pension a ver si se les ocurre alguna alternativa para poder obtener el beneficio, causante fallecido el 29/06/1994, (ley 18037), inscripto en autonomos desde 01/01/1958 hasta el fallecimiento, anses me dice que tengo que pagar el ultimo año de contado, el tema es que por 24476 puedo regularizar deuda hasta el 09/1993, y de ahi hasta 06/1994 de contado sin moratoria y es una fortuna, ademas la viudad tiene jubilacion por moratoria, les agradezco si me pueden aportar alguna ayuda, muchisimas gracias.-

 #160612  por EDUARDO SUAREZ
 
Tiene aportes en rrpp, y como anda la regularidad?
Tenés que completar 15 o 30 años?

 #160628  por Marina rios
 
si tengo aportes en rrpp 3 años y 7 meses

 #160632  por EDUARDO SUAREZ
 
Tiene un año por lo menos de aportes de rrpp o autónomos dentro de los 5 antes del fallecimiento?
Por eso te pregunté lo de la regularidad.

 #160640  por Marina rios
 
No tengo un año de aporte dentro de los ultimos cinco, mi pregunta seria la ley aplicable es 18037 o 24241? gracias.-

 #160652  por EDUARDO SUAREZ
 
Te mando esto que saqué alguna vez de algún foro, espero te sirva.


Tambien es importante ver la fecha de fallecimiento de la persona, ya que si el mismo se produce antes de la sancion de la 24241 (23/09/1993), se aplica:
Ley 18037: para el caso que tenga relacion de dependencia. Requisitos: que el causante haya fallecido en actividad y acreditar los 30 años de servicios o acreditar 10 años de servicios con aportes como minimo y el cese producido dentro de los 5 años anteriores a la fecha de fallecimiento. (art. 43)
Ley 18038para el caso que sea autónomo. Requisitos: que el causante demuestre una afiliación como aportante autónomo (no importa que no haya pagado). No haber cesado en su actividad autonoma. Y, si tuviera deuda, esta se descontara del haber a percibir por la/el (no dejemos afuera a los viudos!!!) solicitante de la pension

 #160655  por Marina rios
 
Fallecio el 29/06/1994, era autonomo estaba en actividad pero no pagaba, como es eso de que si tuviera deuda, esta se descontara del haber a percibir por la/el (no dejemos afuera a los viudos!!!) solicitante de la pension

 #160662  por EDUARDO SUAREZ
 
Como habrás visto se jubila por la 24241.
Cuando hacés el SICAM prescribís la deuda con la 25321, porque tenés que reunir 30 años por lo visto.
Fijate que cuando lo hacés no quede deuda despues del 9/93
Espero que te den los números para comprar lo que te falta por moratoria.

 #160672  por Marina rios
 
ok muchas gracias mañana tengo inicio despues te cuento, gracias de nuevo.-