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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #157059  por olivia_07
 
Mi cuñada está por gestionar su jubilación en provincia.
Y surgió una pregunta. Ella alrededor de 1992 se dio de alta en autónomos para figurar como directora de una sociedad. Pagó un par de veces y luego la sociedad se disolvió, pero nunca dio su baja en autónomos.
Entiendo que en 2007 se dio automáticamente de baja a quienes no se reempadronaron.

Mi pregunta es si alguien me puede orientar cómo puedo saber si desde que dejó de pagar generó deuda, y si ésta se puede condonar, o es necsario pedir una baja retroactiva.

En síntesis, una orientació de cómo averiguar en qué situación está.

Mil gracias.

Saludos,

Vero

 #157062  por pascualsabrina
 
se toma como baja el ultimo pago que tiene efectuado, (esto es para la ddjj) hasta el 98 la deuda esta prescripta en caso de existir... a partir de ahi le renuncias los periodos que tengan deuda...

 #157064  por GABRILITAIURIS
 
hola,tendrias que entrar con clave fiscal al sicam,hacer una liquidacion y luego en detalle de deuda ver que periodos figuran impagos y a ello o bien prescribirlo con ley 14... (nunca me acuredo el nº)o renunciarlo con art.1 ley 25321 para que no te genere deuda.Espero te sirva,slds :D

 #157714  por olivia_07
 
Gracias!
Veo por allí.
Saludos,