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  • AYUDA¡¡¡¡¡¡¡PENSION LEY 18038

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #156644  por nomi
 
tengo un caso de un señor que fallecio en febrero de 1988 .

Tiene afiliacion autonomo desde 1979 Cat 206 cuatro meses pagados

me dijeron que puedo tramitar la pension si la viuda paga de contado el año inmediatamente anterior al fallecimiento por la 24476. yo calcule la deuda poniento en situacion de revista:
01/1987 hasta 02/1988 = 1 año y dos meses

Alguien tramito una pension en similares condiciones? Me ayudan a seguir por favor??

 #156698  por nomi
 
me ayudan por favor?????

 #157193  por MARIA CRISTINA HUCOW
 
Hola nomi yo tramité una pensión ley 18038, hombre falleció 08/1993, figuraba como autónomo desde 04/1974.
Sicam desde 04/1974 hasta el 07/1993.
Beneficios desde 04/1974 hasta el el 05/1992 prescribo ley 14236.
El resto me daba deuda 0.
Lo presenté y fué aceptada.

 #158575  por nomi
 
Gracias Maria Cristina por tu aporte , pero insisto en este caso puntual como sigo?

el causante tenia solo 4 meses pagados como autonomo
y 2 años en Relacion de dependencia desde 1975 hasta 1977
fallece en febrero de 1988
el mes inmediatamente anterior al fallecimiento no estaba pago.
Por lo que se, debo liquidar solo el año inmediato al fallecimiento y pagarlo de contado esto es asi?

por favor alguien que me ayude.... gracias

 #158925  por MARIA CRISTINA HUCOW
 
Yo haría lo siguiente: tomaría desde 1979 hasta 02/1987 y los prescribo co ley 14236, del 03/1987 al 02/1988, se genera una deuda que la viuda deberá pagar al contado. A me olvidaba poné Ley 18.038.

 #159511  por nomi
 
Gracias Maria Cristina, entonces en ley aplicable selecciono 18038. pero cuando ingrese al plan el sistema me permite liquidar por 24476 ? me decis por favor como procedo? te pido disculpas por mi insistencia en la consulta.
He consultado en Anses y como siempre las respuestas son a medias o nada . Se que hay un instructivo de pensiones de la ley 18038. pero no lo consegui.Tal vez alguien del foro lo tenga.

 #160113  por nomi
 
me ayudan por fi ? quiero dar fin a este tema AYUDAAAAAA ¡¡¡¡¡¡¡

 #160290  por MARIA CRISTINA HUCOW
 
Hola nomi perdón por la tardanza, el tema es el siguiente aplicás la ley 18038, prescribis todo (menos el último año antes de fallecer) por ley 14236. Ingresas por ley 24476 y calculás la deuda. Recordá que debe estar paga en su totalidad en el momento del turno.
En el SPP en observaciones ponés aplicar Resolución 39/2007.
Espero te haya servido.

 #160296  por nomi
 
gracias, mil gracias Maria Cristina