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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #143178  por feli07
 
Pregunta para expertos: A un cliente le tramité la jubilación por AFJP, se hicieron todas las verificaciones ok y no lo acordaban xq previo debia unificar cuiles. El problema es que el Sr. (extranjero) ya había unificado sus tres (3!!!!) cuiles, pero en anses como se pueden unificar 2 cuiles pero no 3 le dieron de baja uno...y a que no saben cual era?: adivinaron! el cuil donde tenía los aportes y por el cual estaba en AFJP! :shock: Bueno, el tema es que nunca pude solucionar este problema ni en ANSES, ni en AFIP ni en la AFJP por más que traté. En el interín, se muere mi cliente. No tiene esposa. El trámite esta denegado por fallecimiento.
Mi pregunta actual es la siguiente: puedo hacerle cobrar a los hijos l(mayores) los haberes devengados desde el inicio de la jubilación hasta el fallecimiento del padre? En la AFJP me lo rechazan, en Anses me dijeron que sí pero no saben como.
Yo pienso que habría que iniciar la sucesión, denunciar el expediente como posible crédito e intimar por la sucesión a la ANSES/AFJP a que resuelvan el mismo y ahí pedir que liquiden y depositen los fondos. Pero no estoy segura si voy a poder hacer todo eso en la sucesión! Además, sigue colgado el tema de los CUILES!
No se que hacer!!!! :cry:
Alguna idea por favor?!!!! Gracias!

 #143457  por feli07
 
Algún experto por ahí? :D

 #143822  por feli07
 
:cry:

 #143853  por ANALIA_
 
muy dificil todo esto .. si esta denegado y es por fallecimiento y por un error del anses. yo abriria un expediente administrativo haciendo el planteo de los cuils hasta incluso pediria a la afip que se expida si esos tres cuils corresponde a la persona.
ojo es nada mas una opinion el expediente administrativo me va ayudar con el sucesorio a los efecto de probar y el derecho si le corresponde a los herederos.
osea lo trabajaria en sede administrativa y sede judicial
1º hago el planteo en sede administrativa y luego pido que remitan el expediente o copias a sede judicial
Pienso que primero debes solucionar el problema o encaminar el problema en sede administrativa .
por el otro lado si hay un expediente y libras algun oficio deberan contestar ( simplemente es una idea )
La duda me surge del derecho porque no estaba acordada.
espera otras opiniones

 #143887  por feli07
 
Gracias por responder Analía. Si, a mi también me surgen dudas xq nunca llegó a acordarse. Antes no había problema, xq aunque la persona falleciera el expediente seguía su curso hasta acordarse, pero ahora que cruzan información con el Reg Civil en cuanto les informan el fallecimiento paran el expediente. Pero entiendo que si logro que se lo hagan acordar (no en Anses directamente, xq ya me lo dijeron) sino mediante orden judicial, los herederos tendrían derecho a los haberes devengados hasta el fallecimientos (son más de 2 años!)
Ah, y en AFIP me dicen que como son CUILES y no CUIT los que tenía el causante, ellos no tienen nada que aclarar! :shock:
Es todo un problema, no se, espero alguna otra opinión salvadora. Gracias por tu consejo.

 #145283  por feli07
 
Aclaro que en realidad el expediente todavía no está denegado "técnicamente" , xq sigue en análisis de AFJP, aunque esta ya me informó hace un año que no lo pueden acordar por el tema de los cuiles y xq ya les informaron del fallecimiento del titular.-
Alguien podría ayudarme con alguna idea? :cry: :cry: :cry:

 #145358  por Dra. 33
 
feli07 escribió:Aclaro que en realidad el expediente todavía no está denegado "técnicamente" , xq sigue en análisis de AFJP, aunque esta ya me informó hace un año que no lo pueden acordar por el tema de los cuiles y xq ya les informaron del fallecimiento del titular.-
Alguien podría ayudarme con alguna idea? :cry: :cry: :cry:
Los CUILs no se dan de baja, se relacionan. En tu lugar, presento un pronto despacho en ANSES para que contesten algo y luego voy directo a la vía judicial. En la justicia te lo van a dar. Además los aportes por AFJP se cobran por sucesión.
Saludos

 #145364  por ilvinavaleria
 
tal como te dijeron si existe un monto en la cuenta de capitalizacion de afjp, lo pueden cobrar los herederos a traves de la declaratoria de herederos! que caso dificil te toco,!! mucha suerte! y mantenenos al tanto!

 #145396  por feli07
 
Gracias por contestar! Pero es que yo no quiero q cobre lo de capitalización (que es nada) sino que mi intención es que le acuerden la jubilación y cobrar los haberes que se devengaron desde el inicio hasta el fallecimiento! Porque el hombre tenía derecho a la jubilación, están acreditados los 30 años de aportes, no quiero que los hijos pierdan eso ya que el padre nunca pudo cobrar por un error de Anses (que dio de baja un CUIL en forma incorrecta) y de la AFJP (que a pesar de mis 10 notas pidiendo que eleven el expte a Anses para que resuelva bajo insistencia nunca lo hizo). Por eso es q consulto, para ver que acción se podría iniciar para lograrlo. Estoy atascada!!!!
En vía judicial que tendría que hacer un amparo presentado por los hijos?! No creo q corresponda. Quizás primero la sucesión.?..no se que hacer!
HELP! :cry:

 #146457  por feli07
 
Alguna idea?!!!!!!! :oops:

 #146763  por ilvinavaleria
 
realmente no sabria que decirte, pero la veo dificil, ya que si nunca se aprobo (estando en vida del fallecido) y no hay nadie con derecho a pension (digo esposa) tecnicamente no esta aprobado, en fin igual espera mas respuestas! espero lo puedas solucionar!
 #147172  por smavuiller
 
feli07 escribió:Pregunta para expertos: A un cliente le tramité la jubilación por AFJP, se hicieron todas las verificaciones ok y no lo acordaban xq previo debia unificar cuiles. El problema es que el Sr. (extranjero) ya había unificado sus tres (3!!!!) cuiles, pero en anses como se pueden unificar 2 cuiles pero no 3 le dieron de baja uno...y a que no saben cual era?: adivinaron! el cuil donde tenía los aportes y por el cual estaba en AFJP! :shock: Bueno, el tema es que nunca pude solucionar este problema ni en ANSES, ni en AFIP ni en la AFJP por más que traté. En el interín, se muere mi cliente. No tiene esposa. El trámite esta denegado por fallecimiento.
Mi pregunta actual es la siguiente: puedo hacerle cobrar a los hijos l(mayores) los haberes devengados desde el inicio de la jubilación hasta el fallecimiento del padre? En la AFJP me lo rechazan, en Anses me dijeron que sí pero no saben como.
Yo pienso que habría que iniciar la sucesión, denunciar el expediente como posible crédito e intimar por la sucesión a la ANSES/AFJP a que resuelvan el mismo y ahí pedir que liquiden y depositen los fondos. Pero no estoy segura si voy a poder hacer todo eso en la sucesión! Además, sigue colgado el tema de los CUILES!
No se que hacer!!!! :cry:
Alguna idea por favor?!!!! Gracias!
LO ULTIMO Q ESTAS PONIENDO OK

 #147582  por Mauricia
 
No te pueden denegar porque haya fallecido, puede surgir una concubina, en anses te acuerdan el beneficio y luego para cobrar, si hay herederos hay que presentar la declaratoria o el retroactivo a la concubina. Por los cuiles te deben citar.

 #147619  por feli07
 
Gracias por responder! Te cuento que por los cuiles la afjp sacó como 50 "deberá", pero el tema es de imposible solución por parte del afiliado (cuando estaba vivo) y mucho más ahora para los herederos. Lo que yo necesitaría es que la AFJP lo mande a la Anses para que esta resuelva así como está, puesto que el problema de los CUIles no es imputable al titular, pero hasta ahora no encontré la forma!