
no entiendo...
Supongamos, yo soy autónomo y a la vez también trabajé en relación de dependencia, en un momento x dejo de trabajar pero no me doy de baja, entonces sigo inscripta, obviamente hubo un "cese", el estado me da la posibilidad de renunciar a esa deuda y me dice "quedese tranquila que los fines previsionales no se le va a reclamar esa deuda", yo renuncio porque entre declaración jurada y otros aportes llego a los 30 años, hagamos de cuenta que estoy inscripta pero desde 1994 no pago y tengo 23 años de aportes, si renuncia a esa deuda que tengo llego a los 30 años, pero de hecho yo no aporté porque de verdad no trabajé.
Ahora, si yo segui trabajando, segui aportando y al momento de la jubilación me doy cuenta de que me conviene renunciar a lo que seguí aportando, para poder poner años por declaración jurada y reducir asi la deuda o no tener deuda, me parece que hay algo que no va, porque en realidad estaría mintiendo sobre la fecha del cese...
Yo creo que la intención de la ley es que no se le reclame la deuda a a los efectos previsionales a aquellos que dejaron de estar en actividad y no se dieron de baja....pero no que se renuncie a lo ya pagado para beneficiarse de otro modo :S