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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #136791  por BETOLOTO
 
Hola, les hago una pregunta que quizas sea medio tonta pero me entro la duda, el caso es asi: se inicio una jubilacion con reconocimiento de servicios en nov. de 2006, la cosa es que no reconocen todos los periodos que figuran en el mismo anses y yo hago un reclamo en oct. 2007 adjuntando recibos, estamos en marzo de 2008 y recien ahora sale el reconocimiento, la cosa es que mi clienta me pregunta que pasa con todo este tiempo si lo cobra por retroactivo o simplemente va apagar menos años de moratoria ya que igual le faltaban muchos años por comprar,les agradezco si me contestan por que no se que decirle y ya paso tanto tirmpo que la mujer esta muy preocupada. Gracias :P

 #136795  por andrea1982
 
No entendí bien, le faltaban años o no???
Por qué pagaría menos de moratoria?

 #136802  por BETOLOTO
 
creo que no me explique bien. perdon
si le faltan años, lo que ella quiere saber si todo este tiempo que transcurrio entre que presento el primer reconocimento (2006) hasta hoy que recien puedo iniciar la jubilacion propiamente dicha ella lo va a ver efectivizado en un buen retroactivo o simplemente tendra menos años que comprar. en realidad mi duda se debe a que no se que fecha se toma como inicio del tramite, perdon pero es la primera jubi que hago y me vino complicada y ya iniciada por otro :(

 #136827  por andrea1982
 
Creo que acá hay algo desordenado.
A ver, vos hiciste un reconocimiento de servicios, despues la moratoria y ahora iniciaste la jubilación? De ser así, el retroactivo es desde el día que inició la jubilación.
Por lógica, si le reconocieron años la deuda va a ser menor y por ende va a pagar menos de cuota.
Si le faltaban años y el reconocimiento se hizo nada más para saber cuanto le faltaba difcilmente puedas cobrar el retroactivo desde ese día porque no estaba en condiciones de iniciar la jubilación.

Ahora, distinto sería si estuviese en condiciones de jubilarse y por error de anses no se reconocen años, pero creo que este no es tu caso.

:shock:

 #136839  por empí©docles
 
Coincido con andrea; leé el dec. 679/95 que reglamenta el art. 19 24241.-

 #136854  por TERO
 
Hola.
En realidad si hay reconocimiento previo a iniciar la jubilación no hay ningún retroactivo; solo accede al mismo una vez iniciada la jubilación, o prestación por vejez.
Como para tener en cuenta te puedo decir que nunca vi un reconocimiento de menos de 6 meses...
Saludos.

 #137024  por BETOLOTO
 
gracias!!!!! ya entendi, les agradezco esta todo mas claro. 8)