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  • Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1155590  por micke2616
 
Colegas, les consulto presente la demanda por despido sin causa de una empleada domestica en el juzgado laboral (aclaro soy de Sgo. del Estero) y la parte demandada presenta excepcion de incompetencia en razon de la materia, sostiene que Corresponde al en razon de lo que dispone el art 51 de la ley 26844 “Sustitúyase en cuanto a sus normas, denominación, competencia y funciones al “Consejo de Trabajo Doméstico” creado por el Decreto N° 7979 de fecha 30 de abril de 1956, por el “Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, que será el organismo competente para entender en los conflictos que se deriven de las relaciones de trabajo regladas por la presente ley que se hayan desenvuelto en el ámbito de la Capital Federal”

esta funcionando dicho tribunal en todo el pais, corresponde al Ministerio de Trabajo la competencia????
 #1155606  por Squonk
 
micke2616 escribió:Colegas, les consulto presente la demanda por despido sin causa de una empleada domestica en el juzgado laboral (aclaro soy de Sgo. del Estero) y la parte demandada presenta excepcion de incompetencia en razon de la materia, sostiene que Corresponde al en razon de lo que dispone el art 51 de la ley 26844 “Sustitúyase en cuanto a sus normas, denominación, competencia y funciones al “Consejo de Trabajo Doméstico” creado por el Decreto N° 7979 de fecha 30 de abril de 1956, por el “Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, que será el organismo competente para entender en los conflictos que se deriven de las relaciones de trabajo regladas por la presente ley que se hayan desenvuelto en el ámbito de la Capital Federal”

esta funcionando dicho tribunal en todo el pais, corresponde al Ministerio de Trabajo la competencia????
Solo funciona en la Ciudad de Buenos Aires, porque el Congreso, como sabrás, no tiene facultades para crear normas procesales que son atribuciones propias de cada provincia