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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #128516  por laurab
 
Situacion: expte de reco de servicios, hermoso. Le reconocen 8 años de servicios con apotes en relacion de dpcia, 2 de los cuales van desde que cumplio 16 hasta los 18. Pero como estan reconocidos, y de hecho existia obligacion del empleador de aportarle desde los 16, obviamente presento la jub con ese reco + moratoria.

Problema: expte. denegado porque no le consideran esos 2 años, de los 16 a los 18, que antes se le reconocieron, por no tener la mayoria de edad.

Alguien sabe si existe una resolucion o disposicion o algo donde se indique que si ya estan probados los serv c/aportes x expte de reco se debe tomar tal como surge de este? Me encantaria que alguien lo sepa. Gracias :!:

 #128704  por empí©docles
 
Presentá un escrito basado en el derecho adquirido.-

 #128737  por laurab
 
Sí, bueno, justamente quería hacer eso, pero agregando algun fundamento previsional, supongo que debe haber alguna normativa al respecto.
 #128760  por nomi
 
laurab escribió:Situacion: expte de reco de servicios, hermoso. Le reconocen 8 años de servicios con apotes en relacion de dpcia, 2 de los cuales van desde que cumplio 16 hasta los 18. Pero como estan reconocidos, y de hecho existia obligacion del empleador de aportarle desde los 16, obviamente presento la jub con ese reco + moratoria.

Problema: expte. denegado porque no le consideran esos 2 años, de los 16 a los 18, que antes se le reconocieron, por no tener la mayoria de edad.

Alguien sabe si existe una resolucion o disposicion o algo donde se indique que si ya estan probados los serv c/aportes x expte de reco se debe tomar tal como surge de este? Me encantaria que alguien lo sepa. Gracias :!:
laurab: Existe en el Derecho Administrativo y en el Derechoen general lo que se llama "TEORIA DE LOS ACTOS PROPIOS" cuyo principio es muy simple y logico . No se deben contradecir las acciones llevadas a cabo con anterioridad. Espero te sirva mi comentario.
aunque te digo que el tiempo que te llevara la reapertura por ahi te conviene rehacer el tramite y como ya tiene reconocidos los servicios

 #128836  por empí©docles
 
La teoría de los actos propios no es para el Dº Administrativo.-

 #128983  por laurab
 
Gracias a ambos por las respuestas. Veré como me organizo. Lo de rechazarlo, ni hablar: lo inicié en oct de 2006 y me interesa que le respeten el retroactivo. Hoy paso x por profesionales p hablar del tema. :arrow: Gracias.

 #129588  por maria juana
 
tuve un caso igual, con reconocimiento desde los diesciseis años y me asesoraron en la udai que esos dos años me servian como años de servicios pero no de aportes.- asi lo hice, tambin protestando porque me parcia una burrada pero gracias a Dios la clienta ya esta cobrando.-