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  • PREGUNTA BASICA - poder para percibir

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #123179  por ana
 
Tengo un cliente que quiere darle poder a la hija para que cobre su pensión.
Ella ya es apoderada en su jubilación.
Debe hacer el trámite nuevamente para ser apoderada para percibir en la pensión?
Qué documentación debe lllevar? (Entré en la página de Anses y veo que tiene que firmar el poder y llevar los dos DNI, pero el benficiario debe ir a Anses, o lo puede firmar por policía?)
El beneficiario tiene 90 años y apenas puede moverse.
Gracias!
 #123306  por AGDA
 
ana escribió:Tengo un cliente que quiere darle poder a la hija para que cobre su pensión.
Ella ya es apoderada en su jubilación.
Debe hacer el trámite nuevamente para ser apoderada para percibir en la pensión?
Qué documentación debe lllevar? (Entré en la página de Anses y veo que tiene que firmar el poder y llevar los dos DNI, pero el benficiario debe ir a Anses, o lo puede firmar por policía?)
El beneficiario tiene 90 años y apenas puede moverse.
Gracias!
Entiendo que debería extenderle un nuevo poder para cobrar la pensión. Consulta la ley17040. Al margen, no es necesario que vaya el beneficiario a ANSES, puede certificar firmar en Policía (siempre recordá que el certificante debe tener cargo de oficial o superior. En caso que no este, quien certifique debe aclarar con la leyenda "al momento de certificar la presente no se encontraba en la dependencia personal de mayor jerarquía" si por ej quien certifica en un suboficial.
A ANSES por las dudas lleva todo: 2 DNI + copias y carta poder
Suerte