Buenas Noches Colegas: tengo una duda, debido a que soy nueva en el ejercicio de la profesión. Mi cliente me vino a consultar debido a que está próxima a salir la sentencia de divorcio y homologación del acuerdo que hicieron,junto a su ex marido, en el expediente de divorcio sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas respecto al hijo de ambos, esto fue hecho por una defensoría. En el acuerdo solo dice que el padre le va a pasar el 20% de sus ingresos, que la tenencia esta a cargo de la madre y establece un régimen de visitas poco detallado. El punto es que la relación entre los padres del niño es tensa y el padre no cumple varios puntos del acuerdo. La duda es que es correcto y conveniente hacer:1- ejecución del acuerdo una vez que salga sentencia de divorcio y homologación? 2-incidente de modificación de acuerdo ? o 3-se puede realizar y homologar uno nuevo? esto es en provincia de Buenos Aires. Muchas Gracias de antemano.
